471 millones de euros, de los que sólo 432 corresponden a frescos y murales, y 310 sólo al mural de Caravaggio: éstas son las estimaciones del Casino dell’Aurora que saldrá a subasta en enero, con una puja mínima fijada en 353.250.000 euros y pujas de un millón. ¿Quién podrá permitirse comprar la preciosa propiedad por una cifra tan elevada? De hecho, se trata de una suma asombrosa, muy elevada incluso para las arcas del Estado, que puede acogerse al derecho de tanteo, ya que se trata de una propiedad restringida, por lo que la pregunta que muchos se hacen ahora es: ¿es correcta la estimación con la que se ha valorado el Casino?
Primero la premisa: cómo se ha hecho la valoración. Lo explicó el mismo experto que se ocupó de ella, el historiador del arte Alessandro Zuccari, quien admitió, sin embargo, que estimar el mural de Caravaggio, así como las demás pinturas del Casino, era muy difícil porque se trata de obras a menudo únicas y, sobre todo, forman parte de un conjunto unitario que ha permanecido intacto desde el siglo XVII hasta nuestros días, manteniendo su unidad. Además, es un lugar único en el mundo porque no hay más pinturas murales de Caravaggio, porque alberga una de las obras más bellas de Guercino, laAurora, y porque hay obras maestras de muchos otros artistas del siglo XVII, empezando por Domenichino. La estimación fue deductiva: se basó en estimaciones de seguros de obras similares en técnica y época, y en cotizaciones de venta (por ejemplo, para Caravaggio se tuvo en cuenta la estimación de la Judit de Tolosa, que aunque va acompañada de numerosas dudas atribucionales, incluidas las del propio Zuccari que no la considera autógrafa, es sin embargo según el estudioso la obra más cercana para poder formular una cotización).
¿Fue éste un procedimiento correcto? La estimación del profesor Zuccari no estuvo exenta de críticas. Primero fueron las de Tomaso Montanari, que habló de una “estimación absurda y vergonzosa emitida por un profesor dispuesto a valorar esos cuadros como si fueran lienzos gratuitos, ya disponibles en el mercado londinense”: según el estudioso, al tratarse de “bienes constreñidos e inamovibles que deben seguir siendo visitados”, son obras que “no valen en absoluto esas cifras astronómicas”. La cuestión, implícita (el artículo publicado en Il Fatto Quotidiano no lo explica), es que los bienes vinculados tienen un valor decididamente inferior en el mercado (precisamente a causa de la constricción, que conlleva una serie de límites y obligaciones por parte del propietario del bien) en comparación con un bien no vinculado.
En concreto, Rita Borioni, miembro del Consejo de Administración de la RAI, fue profesora de Legislación sobre Patrimonio Cultural (materia sobre la que también escribió un manual) en la Universidad de Calabria entre 2001 y 2009. “Los actuales propietarios del Casino dell’Aurora Ludovisi”, escribió públicamente en su perfil de Facebook, “han decidido poner en venta su propiedad. Y pueden hacerlo aunque la propiedad esté vinculada porque, para el Estado, el hecho de que una propiedad pertenezca a un particular o a otro no supone una gran diferencia siempre que se garanticen las prescripciones de protección y mejora sobre la propia propiedad. No obstante, el Estado puede ejercer el derecho de tanteo sobre los bienes culturales, es decir, puede intervenir entre el vendedor y el comprador después de que se haya producido la venta y adquirir el bien al precio acordado entre las dos partes privadas. No, por tanto, a un precio decidido por el Estado y ni siquiera al precio pedido abstractamente por el vendedor, sino al precio al que se vendió realmente”. Si el Casino dell’Aurora “se vendió no por 450 o 475 millones, sino por 550 millones, esa sería la cifra que habría que pagar para que el Estado tomara posesión del bien”. Una vez más, explica Borioni, citando a Irene Berlingò, ejecutiva de MiBACT, “es bien sabido que los intentos de expropiación por parte del Estado y la determinación del precio justo son siempre, y subrayo siempre, motivo de disputas que duran décadas y que, entre otras cosas, el Estado pierde con bastante frecuencia. En resumen, me gusta el debate, incluso sobre estas cuestiones, pero siempre hay que recordar que Italia es una democracia liberal que protege constitucionalmente la propiedad privada (sujeta a límites para garantizar su función social y hacerla accesible a todos) de todos. La nuestra y también la de aquellos que nos disgustan”.
De nuevo, en la revista About Art Online, Gloria Gatti comenzaba preguntándose “si la sección de ejecuciones inmobiliarias del Tribunal de Roma va a poner a la venta con la mejor oferta un Caravaggio encarcelado dentro de una villa en ruinas, en lugar de una villa con un Caravaggio dentro”. Gatti impugnó, por su parte, el hecho de que el juez no confiara la venta a un sujeto especializado en el ámbito de competencia (en este caso, una casa de subastas): en su lugar, optó por ordenar la venta “a través de un comisionista, pero siguió el procedimiento ordinario, fijando una venta telemática asincrónica, delegando en un notario las operaciones de venta y designando a un arquitecto para la tasación del inmueble”. Gatti precisó que el dilema de la tasación de la pintura mural de Caravaggio "fue resuelto, con un cálculo aritmético, por el Prof.. Alessandro Zuccari, y se obtuvo multiplicando el valor de la obra por metro cuadrado por la extensión de la bóveda, utilizando el método de los comparables (transacciones comparables), y tomando como parámetro el precio “propuesto” o soñado por el anticuario francés Eric Turquin para la Judith decapitando a Holofernes, encontrada en un desván de Toulouse". Gatti recordó que la Judith, una obra controvertida, debía salir a subasta en 2019 con una estimación de entre 120 y 150 millones de euros, pero el Estado francés renunció al ejercicio de tanteo “porque su atribución a Merisi era demasiado dudosa y, como era de esperar, como resultado, el cuadro fue retirado de la venta por la casa de subastas privada Labarbe y a día de hoy se ha perdido su rastro”. En esencia, la estimación de la pintura mural de Caravaggio, explica Gatti, en realidad “no se dedujo analógicamente de un dato real, sino de una opinión de Turquin, y de una campaña de marketing orquestada sobre un cuadro dudoso que, cuando se expuso en Brera con un asterisco (atribución propuesta por el propietario y no por el museo) provocó la dimisión de Giovanni Agosti, miembro del comité científico de la Pinacoteca, y una división en el mundo del arte que aún no ha decidido si se trata de una obra de Caravaggio, del artista flamenco Louis Finson o de una obra colectiva, dejada inacabada por Merisi y completada por algunos de sus seguidores”.
Gatti también hace hincapié en los peligros de basarse en las estimaciones de los seguros para tasar la obra de Caravaggio: “la cifra”, explica Massimo Maggio, director general de PL Ferrari, una compañía de seguros especializada en arte, “suele ser poco fiable, sobre todo cuando el prestamista es un particular, que a menudo utiliza el valor del seguro para realizar transacciones comerciales o financieras sobre la obra”. También Gatti, al igual que Montanari, explicó que el hecho de que la obra esté sujeta a una restricción debería dar lugar a una considerable reducción de la estimación: “Además, por lo tanto, de la falta de fiabilidad del comparable”, escribió Gatti, “no se aplicó ningún coeficiente de reducción en la tasación debido al hecho de que se trata de una pintura sujeta a una restricción (art. 13 Código del Patrimonio Cultural), circunstancia que, en el mercado, es bien sabido que provoca una depreciación definitivamente relevante (del 50% al 80%) [...]. Y no se aplicó ningún otro coeficiente de depreciación porque se trata de una pintura de albañilería, inseparable del edificio sobre el que está construida, inamovible e invendible por separado e insusceptible de generar ingresos mediante préstamos onerosos”. En definitiva, según Gatti, “aun comprendiendo la dificultad de tasar un único inmueble que contiene la única pintura mural de Caravaggio, la metodología aplicada para la tasación que da como resultado una suma de los valores de la mampostería al de las obras, inseparables por obligación y por naturaleza, no es correcta, ya que se trata de bienes inseparables. Este criterio de valoración sólo podría haberse aplicado si la retirada de los cuadros de mampostería y su venta en subasta como bienes muebles hubiera sido prevista y autorizada por la Superintendencia. En la situación actual, el valor de la Villa Ludovisi debería haber sido objeto de una única tasación, la inmobiliaria, a la que debería haberse aplicado un coeficiente multiplicador en razón de la singularidad y rareza de las obras de arte que la integran, y otro coeficiente multiplicador en razón de la mayor rentabilidad potencial que eventualmente podría obtener el adjudicatario a través del disfrute público de las obras de arte contenidas en la misma”.
Por último, la senadora Margherita Corrado, del Grupo Mixto, ha intervenido hoy sobre el tema, formulando una pregunta al ministro de Cultura , Dario Franceschini. Corrado parte de una premisa el MiC tiene derecho a ejercer el derecho de tanteo, comprando el Casino dell’Aurora al mismo precio que la mejor oferta privada, sin embargo, “se han expresado muchas dudas sobre el método adoptado para la estimación”, explica la parlamentaria, “ya que el juez, en el procedimiento de división judicial entre los herederos del príncipe Nicolò Boncompagni Ludovisi, fallecido en 2018, no hizo uso de la facultad de confiar la venta a un sujeto especializado en la materia (como permite el art. 532 c.p.c. cuando el bien embargado tiene un carácter especial, como en este caso), ni hizo partícipe al MiC, titular de los derechos de protección, sino que siguió el procedimiento ordinario y dividió, en el momento de la estimación, lo que por naturaleza y apremio no debería haberlo sido, ya que el bien y el supuesto cuadro de Caravaggio son inseparables”. Además, dice Corrado, “no se aplicó ningún coeficiente de abatimiento a la tasación de este último, a pesar de que se cumplían las condiciones”. Corrado impugna también el método de transacciones comparables adoptado por Zuccari, pe el hecho de que se adoptó como parámetro, subraya el senador, “no un dato real, sino ’una opinión’, como la calificó Gloria Gatti, subrayando otras decisiones cuestionables”.
Corrado continúa diciendo que el método elegido (una venta telemática asincrónica que no se anunció en ninguna revista de arte especializada) “podría causar un perjuicio económico al particular, con el riesgo de que el compendio se quede sin vender y su valor se reduzca en un 20% en la próxima subasta, pero también un perjuicio a las arcas públicas, ya que si hay una puja válida, en caso de que el Estado ejerza su derecho de tanteo, se verá obligado a desembolsar una suma potencialmente sobredimensionada”. Por ello, Corrado y sus colegas Angrisani, Granato y Lannutti, pidieron a Franceschini que explicara "cuántas y qué tipo de limitaciones existen sobre el Casino dell’Aurora y sobre los bienes que contiene (obras de arte, mobiliario y accesorios), de cuándo datan y si han sido actualizadas recientemente, y cuándo, o en vista de la transferencia de propiedad que sancionará la subasta; si existe documentación fotográfica adecuada de estos bienes; cuál es la valoración global de la propiedad sujeta a las restricciones mencionadas y qué valor se ha atribuido a los cuadros de Caravaggio y a los frescos de Guercino que representan a Aurora y la Fama; de cuándo data el último impuesto de sucesiones pagado por el Casino dell’Aurora antes del fallecimiento del Príncipe Nicolò Boncompagni Ludovisi y a cuánto asciende el importe en caso de revalorización hasta la fecha.
El Casino de Caravaggio, a la venta por 471 millones de euros. Pero, ¿es correcta la estimación? |
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