Guías turísticos, la reforma se hace operativa. Qué cambia


Con la entrada en vigor del decreto de aplicación el 13 de julio, por fin entra en vigor la reforma de la profesión de guía turístico. He aquí lo que cambia y cómo convertirse en guía turístico a partir de hoy.

La nueva legislación sobre la "Disciplina de la profesión de guía turístico" ya está operativa : con la entrada en vigor el 13 de julio del Reglamento de aplicación, ya se pueden convocar cursos de formación y, sobre todo, exámenes para acceder a la Lista oficial que habilita para el ejercicio de la profesión. El Parlamento había aprobado el Proyecto de Ley el pasado mes de diciembre(aquí tienes el artículo en el que hablábamos de él), y el 28 de junio el Gobierno publicó el Decreto con el Reglamento(aquí tienes el texto) que concreta y regula los aspectos de aplicación previstos en la reforma.

La legislación pone coto a algunos aspectos largamente debatidos en la última década y reabre las puertas a quienes quieran ejercer esta labor sin ser “abusivos”. De hecho, la profesión se define a la par que otras que cuentan con un Registro en el que estar presente para poder ejercer: el establecimiento de esta Lista oficial define claramente quién puede y quién no puede ejercer la actividad, previendo sanciones para quienes lo hagan sin tener derecho a ello. Este resultado tan esperado recibió un impulso fundamental al incluirse en los objetivos del PNR: el punto M1C3 Reforma 4.1 se titulaba “Ordenación de las profesiones de guía turístico” y debía aplicarse en el transcurso de este año.



Conviene repasar los puntos más destacados de la reforma y los detalles de la normativa, que persiguen el objetivo de homogeneizar los niveles de servicio en todo el país, produciendo un efecto positivo en el mercado. Otro hito tras las polémicas del pasado fue la definición de la jurisdicción territorial en la que se puede ejercer: ya no a escala regional, sino en todo el país. Para acceder a la lista será necesario superar un examen de habilitación que se convocará anualmente. Veamos cuáles son los requisitos necesarios.

Guía turístico. Foto: Bernie Almanzar
Guía de turismo. Foto: Bernie Almanzar

Los requisitos

Para participar en el examen nacional de cualificación hay que ser ciudadano italiano o de un Estado miembro de la Unión Europea o, si se es ciudadano de un Estado no miembro de la Unión Europea, cumplir la normativa vigente en materia de inmigración. Debe ser mayor de 18 años, tener un título universitario y estar en pleno goce de los derechos civiles y políticos.

También se le exige no haber sido condenado por un delito penal para el que la ley prescriba pena de prisión o arresto. Además, en concreto, no se debe haber sido condenado, aunque no sea firme, por delitos cometidos con abuso de profesión, arte, industria, oficio o profesión o con violación de los deberes inherentes a los mismos, que conlleven la inhabilitación o suspensión de los mismos, de conformidad con los artículos 31 y 35 del Código Penal.

El examen

El examen será convocado por el Ministerio de Turismo y, como ya se ha anunciado, constará de tres fases: la prueba escrita , la prueba oral y la prueba técnico-práctica. La prueba escrita en italiano consistirá en preguntas con respuestas abiertas o de elección múltiple sobre los temas de historia del arte; geografía; historia; arqueología; derecho del turismo, accesibilidad e inclusividad de la oferta turística; disciplina del patrimonio cultural y paisaje.

La prueba oral en italiano pondrá a prueba la profundidad de los conocimientos sobre los mismos temas y la prueba práctica simulará una visita guiada. También se requiere el conocimiento de una lengua extranjera con un nivel de competencia de B2 en la clasificación internacional.

Recordamos que quienes ya ejerzan la profesión de forma habilitada no tendrán que realizar ningún examen, sino únicamente los cursos plurianuales de actualización. Para participar en el examen se deberá abonar una tasa de 10 euros como contribución a los gastos de organización de la oposición.

El distintivo

Tras la inscripción en la lista nacional, el Ministerio de Turismo expide al guía turístico una tarjeta de identificación personal, cuya presentación le dará derecho a acceder libremente a todos los lugares en los que ejerza su profesión o a los que acceda con fines de estudio o formación. Para su expedición hay que abonar una tasa de 30 euros.

Extranjeros

El Reglamento también regula las condiciones y modalidades de ejercicio de la profesión de guía turístico sobre la base de cualificaciones obtenidas en el extranjero.

Los ciudadanos de la Unión Europea y de Suiza que estén en posesión de la cualificación para ejercer la actividad en su país están autorizados a ejercer la profesión en dos supuestos: con carácter temporal y ocasional, en régimen de libre prestación de servicios, o con carácter estable, previo reconocimiento de la cualificación profesional obtenida en la UE y Suiza, sujeto a la posible integración de la formación a través de una medida definida como “compensatoria”. Que puede ser una prueba de aptitud en italiano o, alternativamente, la realización de un periodo de adaptación. La actividad de guía turístico se considera de carácter cuando se ejerce durante un máximo de sesenta días al año y, en cualquier caso, durante un máximo de veinte días ininterrumpidos, independientemente del número de turistas acompañados.

Sanciones

Las sanciones para quienes ejerzan la actividad sin estar inscritos en el Nomenclátor Nacional oscilan entre un mínimo de 3 y un máximo de 12 mil euros, pero los intermediarios que pongan en contacto a turistas con personas no habilitadas también se expondrán a sanciones de entre 5 mil y 15 mil euros.

Cursos de especialización

Para los cursos de especialización, el Ministerio de Turismo autoriza a las regiones y provincias autónomas, y a las entidades acreditadas y concertadas con ellas, a organizar y celebrar cursos de especialización de contenido teórico y práctico, dirigidos a profundizar en la especialización temática o territorial

Las áreas temáticas de especialización se identifican como: área histórico-artística; área arqueológica; área histórico-demo-etno-antropológica; área enogastronómica; área científico-tecnológica; patrimonio religioso; patrimonio museístico; técnicas de comunicación para personas con discapacidad; técnicas de comunicación para niños, adolescentes y tercera edad; patrimonio monumental italiano y también patrimonio musical italiano.

Las áreas territoriales de especialización corresponden al territorio de cada provincia o región o a territorios con características ambientales homogéneas como las costumbres y tradiciones locales, la artesanía típica y los productos enogastronómicos.

Cursos de actualización

Para los cursos de actualización, el Ministerio de Turismo autoriza a las regiones y provincias autónomas, y a las entidades acreditadas y concertadas con ellas, a organizar y celebrar cursos de actualización profesional. Los guías de turismo están obligados a realizar al menos cincuenta horas de formación a través de uno o varios cursos de reciclaje cada tres años.

Ámbito de aplicación

Las disposiciones del Reglamento contenidas en los artículos del Capítulo I - “Criterios y procedimientos para la realización del examen de habilitación como guía de turismo”; Capítulo III - “Condiciones y procedimientos para el ejercicio de la profesión de guía de turismo sobre la base de cualificaciones obtenidas en el extranjero”.El capítulo IV - " Disciplina para la especialización y actualización de la profesión" no se aplica a las regiones de estatuto especial, Sicilia, Cerdeña, Valle de Aosta, Friuli Venezia Giulia y las provincias autónomas de Trento y Bolzano cuando no sean compatibles con sus respectivos estatutos y sus normas de aplicación. Por lo tanto, se les podrá autorizar a variar la forma en que se realiza el examen.

Toda la información

Aquí está la página del sitio web del Ministerio de Turismo con todos los detalles, información, formularios y reglamentos. También puede consultar la Lista Nacional de Guías reconocidos por el Ministerio para el año 2024: https://www.ministeroturismo.gov.it/professioni-turistiche/guida-turistica/

Guías turísticos, la reforma se hace operativa. Qué cambia
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