Italia ratifica el Convenio de Faro: sí definitivo en la Cámara de Diputados


Italia ha ratificado el Convenio de Faro: esta mañana se ha dado el sí definitivo en la Cámara de Diputados.

Italia ha ratificado el Convenio de Faro, es decir, el “Convenio Marco del Consejo de Europa sobre el Valor del Patrimonio Cultural para la Sociedad”, tras un periplo de quince años: de hecho, el Convenio se firmó en la ciudad portuguesa de Faro el 27 de octubre de 2005. Italia había firmado el tratado por primera vez en 2013, pero para su ratificación necesitaba la aprobación del Senado y de la Cámara: el Senado lo aprobó en octubre de 2019 (147 votos a favor, 46 en contra y 42 abstenciones), y esta mañana la Cámara lo ha aprobado con 237 a favor, 119 en contra y 57 abstenciones. Italia se une así a otros 39 países que ya habían ratificado el Convenio de Faro (entre ellos Alemania, Reino Unido, España, Portugal, Suiza, Austria, Rusia, Suecia, Noruega y Finlandia).

El Convenio de Faro es un documento que pretende establecer el valor del patrimonio cultural para la sociedad europea, reconociendo el conocimiento y el patrimonio cultural como derechos humanos. Consta de 23 artículos divididos en cinco partes (Objetivos, Definiciones y Principios; La Contribución del Patrimonio Cultural a la Sociedad y al Desarrollo Humano; Responsabilidad Compartida del Patrimonio Cultural y Participación Pública; Seguimiento y Cooperación; Cláusulas Finales).

El artículo 1 reconoce “que el derecho al patrimonio cultural es inherente al derecho a participar en la vida cultural, tal y como se define en la Declaración Universal de los Derechos Humanos”, reconoce “una responsabilidad individual y colectiva hacia el patrimonio cultural” y subraya “que la preservación del patrimonio cultural, y su uso sostenible, tienen como objetivo el desarrollo humano y la calidad de vida”. Además, afirma que “el patrimonio cultural es un conjunto de recursos heredados del pasado que los pueblos identifican, con independencia de quién sea su propietario, como reflejo y expresión de la evolución de sus valores, creencias, conocimientos y tradiciones” y que una comunidad patrimonial está formada por un grupo de personas que valoran aspectos específicos del patrimonio cultural y que desean, en el marco de la acción pública, mantenerlos y transmitirlos a las generaciones futuras“ (Art. 2); que ”todas las formas de patrimonio cultural en Europa constituyen conjuntamente una fuente común de memoria, comprensión, identidad, cohesión y creatividad“ (Art. 3); que toda persona tiene derecho ”a beneficiarse del patrimonio cultural y a contribuir a su enriquecimiento“; y que ”el ejercicio del derecho al patrimonio cultural sólo podrá estar sujeto a las limitaciones que sean necesarias en una sociedad democrática para la protección del interés público y de los derechos y libertades de los demás" (Art. 4). </>

Además, la Convención compromete a los países europeos a “poner de relieve el valor del patrimonio cultural mediante su identificación, estudio, interpretación, protección, conservación y revalorización”, a garantizar el derecho de todos a disfrutarlo, a “fomentar un clima económico y social que favorezca la participación en las actividades del patrimonio cultural”, a “promover la protección del patrimonio cultural” (Art. 5), “fomentar la reflexión sobre la ética y los métodos de presentación del patrimonio cultural, así como el respeto de la diversidad de interpretaciones”, “desarrollar el conocimiento del patrimonio cultural como recurso para facilitar la coexistencia pacífica” (Art. 7), “promover un enfoque integrado de las políticas relativas a la diversidad cultural, biológica, geológica y paisajística a fin de lograr un equilibrio entre estos elementos” (Art. 8), “definir y promover principios de gestión sostenible y fomentar el mantenimiento” (Art. 9). También se hace hincapié en el potencial del patrimonio cultural como factor de desarrollo económico, por lo que la Convención compromete a los países a “sensibilizar sobre el potencial económico del patrimonio cultural y utilizarlo”, a “tener en cuenta el carácter y los intereses específicos del patrimonio cultural al planificar las políticas económicas” y a “velar por que esas políticas respeten la integridad del patrimonio cultural sin comprometer sus valores intrínsecos” (Art. 10). </>

En cuanto a la gestión del patrimonio cultural, la Convención compromete a las partes a “promover un enfoque integrado y bien informado por parte de las instituciones públicas de todos los sectores y a todos los niveles”, a “desarrollar métodos innovadores para que las autoridades públicas cooperen con otros agentes”, a “respetar y fomentar las iniciativas voluntarias que complementen las funciones de las autoridades públicas”, a “alentar a las organizaciones no gubernamentales interesadas en la conservación del patrimonio a actuar en pro del interés público” (art. 11), a fomentar la participación de todos (art. 12), “facilitar la inclusión de la dimensión patrimonial en todos los niveles educativos, no necesariamente como materia de estudio específica, sino como fuente fructífera también para otros campos de estudio”, “fomentar la formación profesional continua y el intercambio de conocimientos y competencias, tanto dentro como fuera del sistema educativo” (art. 13), reforzar “las iniciativas que promuevan la calidad de los contenidos y se esfuercen por salvaguardar la diversidad lingüística y cultural en la sociedad de la información”, fomentar “las normas internacionales para el estudio, la conservación, la valorización y la protección del patrimonio cultural, luchando al mismo tiempo contra el tráfico ilícito de bienes culturales”, combatir los obstáculos que limitan el acceso (Art. 14), supervisar las leyes, políticas y prácticas en materia de patrimonio cultural (Arts. 15, 16, 17). </>

En la foto: Palacio Montecitorio. Foto. Crédito Manfred Heyde.

Italia ratifica el Convenio de Faro: sí definitivo en la Cámara de Diputados
Italia ratifica el Convenio de Faro: sí definitivo en la Cámara de Diputados


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