Reforma de Franceschini: lo que salió bien, lo que no


Diez años después de la reforma Franceschini, es hora de hacer balance: la opinión de Carla Di Francesco, secretaria general del Ministerio de Cultura entre 2017 y 2018, durante un bienio crucial para la reforma.

Parece que las reformas estructurales del antiguo Ministerio de Patrimonio y Actividades Culturales, ahora Ministerio de Cultura (MiC), están destinadas a sucederse con una cadencia de diez años. De hecho, 2024 nos traerá una nueva estructura organizativa, que sustituirá a la de la reforma Franceschini de 2014, que a su vez había sustituido a la organización definida por el Decreto Presidencial 173/2004. Me detendré en algunas reflexiones sobre sólo algunas partes de la compleja reforma Franceschini, empezando precisamente por la de 2004, totalmente orientada hacia el modelo descentralizado de Estado que había madurado en la década anterior (las “leyes Bassanini” y la reforma constitucional de 2001). El Decreto Presidencial 173/2004 afectó sobre todo a las articulaciones periféricas del Ministerio (Superintendencias, Archivos Estatales, Bibliotecas) que, acostumbradas durante casi un siglo a funcionar de forma autónoma en el territorio de competencia, se vieron adscritas a la nueva oficina de la Dirección Regional de Patrimonio Cultural y Paisajístico, dirigida por un gestor de primer rango, de hecho una dirección general transversal descentralizada en el territorio. Con las competencias específicas de las Direcciones (encargarse de las relaciones con las Regiones, de la planificación y contratación de la estación, de las limitaciones, de la protección, de los convenios, del personal, etc.), la organización de 2004 reforzó considerablemente la periferia del Ministerio al comprometer a las oficinas del territorio regional a trabajar juntas, como momentos diferentes de los mismos procesos de acción, en particular de protección. Incluso con algunos ajustes posteriores (en primer lugar el Decreto Presidencial 233/2007), hasta 2014 las direcciones regionales fueron en aquellos años firmes intérpretes de la unidad interna y la voz única del Ministerio en relación con los interlocutores del territorio, en particular las regiones.

El sistema, una vez probado, funcionó. La “reforma Franceschini”, obligada por las obligaciones de contención del gasto público, en lugar de racionalizar, opta por despotenciar el anterior sistema periférico, para orientar al Ministerio hacia un nuevo reto: con el DPCM 171/2014 los Museos salen de su secular condición de apéndices de las Superintendencias para convertirse realmente en “instituciones permanentes, sin ánimo de lucro, al servicio de la sociedad y de su desarrollo”. Estamos ante un salto cultural de proporciones verdaderamente epocales, que desde el punto de vista organizativo (Decreto Presidencial 23/2014) lleva a la creación de Museos con autonomía especial, a los que encomienda la dirección a través de un proceso de selección internacional, y Polos Museísticos Regionales, de los que dependen los museos no autónomos. En los últimos años, los museos de titularidad estatal (los de autonomía especial, pero también los pertenecientes a los polos museísticos) han llevado a cabo de forma efectiva una política de renovación compuesta por la investigación, el estudio, la divulgación a diferentes públicos y la puesta en valor de las colecciones, generando el crecimiento de un interés generalizado por su patrimonio; y, por supuesto, también aumentando de forma significativa el número de visitantes.

El Ministerio de Cultura. Foto: Finestre Sull'Arte
El Ministerio de Cultura. Foto: Ventanas al Arte

A pesar de las voces críticas contra la separación entre Superintendencia y Museo (entre protección y valorización), en mi opinión la parte de la reforma dedicada a los Museos es positiva, especialmente para aquellos con autonomía especial, tanto que en varias ocasiones a lo largo de los años su número ha aumentado a 44, esperándose un nuevo aumento a 60 en un futuro próximo.

Pero volvamos a la parte del Ministerio que se ocupa de la protección y, en particular, a las oficinas periféricas del MiC. Todas las oficinas del territorio han vuelto a depender directamente de sus respectivas direcciones generales centrales, como hacían antes de 2004. De hecho, se suprimen las direcciones regionales de la BCP, que son sustituidas por secretarías regionales, y por la Comisión Regional del Patrimonio Cultural, presidida por el secretario regional, órgano colegiado al que se someten la mayoría de los asuntos que antes correspondían a las direcciones, especialmente los de protección. Hemos vuelto a aquella fórmula genérica de “coordinación” de los institutos presentes en la región (poco autoritaria internamente, poco incisiva externamente) ya experimentada con resultados poco positivos entre 2001 y 2004 con las superintendencias regionales (Decreto Presidencial 441/2000): nada más lejos de la simplificación de los procedimientos, de la aceleración de los plazos de las medidas y de una verdadera descentralización.

Me explico con un ejemplo: mientras que antes una declaración o verificación de interés cultural a propuesta del Superintendente, tras la debida comprobación, era transformada directamente en decreto de protección por el Director Regional, hoy debe someterse a la aprobación de la Comisión Regional (compuesta por los Superintendentes de la ABAP, el Superintendente de Archivos y el Director del Polo Museológico) antes de que el Secretario Regional emita el decreto. Los tiempos se alargan, sin lograr ningún beneficio en otros frentes.

Y entonces: grandes bibliotecas nacionales muy importantes (una para todos, la Braidense) se fusionan con museos autónomos, grandes archivos estatales (Módena, por ejemplo) se ven privados de director, las superintendencias archivísticas y los archivos estatales se fusionan en un único instituto. Y de nuevo: primero la fusión de las Superintendencias del patrimonio histórico-artístico-etno-antropológico con las del patrimonio arquitectónico y del paisaje; después, con el Decreto Ministerial 23/1/2016 la creación de las Superintendencias Únicas (ABAP) en las que se fusionan también las superintendencias arqueológicas. Un cambio valiente, apreciable en sí mismo, con vistas a desarrollar procesos integrados de protección.

Pero un decreto no basta para realizar realmente la fusión de las oficinas con su identidad histórica secular, con sus archivos (históricos y actuales) y depósitos de materiales (basta pensar en los arqueológicos, y en los numerosos depósitos de materiales de excavaciones recientes); los traslados de personal, oficinas, archivos y depósitos han formado parte de un proceso de asentamiento que ha durado meses y a veces años; así, aún hoy encontramos archivos de superintendencias suprimidas, trasladados a las nuevas oficinas, que no pueden consultarse; o archivos que se han trasladado sólo en parte, con graves consecuencias para el funcionamiento diario de las superintendencias. Desgraciadamente, la metabolización de la nueva organización no ha sido apoyada como debiera con nuevo personal, fondos y formación, ni para las superintendencias ni para ninguna de las estructuras centrales o periféricas del Ministerio. La única excepción son los museos autónomos, que, en cambio, han sido fuertemente apoyados de diversas maneras, en particular con una amplia financiación.

Una última consideración: cada reforma desde 2001 se ha topado con una estructura enclenque y con una escasez flagrante de personal, tanto más en relación con tareas cada vez más numerosas: la reforma Franceschini registra la dotación más baja de la historia: 191 gestores y 19.050 agentes, frente a 282 gestores y 24.900 agentes en 2004. Me llega un llamamiento, que por desgracia sabemos ya desoído: ¡no más reformas!

Esta contribución se publicó originalmente en el número 21 de nuestra revista impresa Finestre sull’Arte en papel. Haga clic aquí para suscribirse.


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