El mercado italiano del arte, entre retos jurídicos y oportunidades


¿Cuáles son los principales retos a los que se enfrenta el mercado italiano del arte antiguo? Entre los nudos están la normativa de exportación, la de restricción del interés cultural (que podría asemejarse más a la de otros países) y el calendario de las oficinas.

El mercado del arte italiano está llamado a afrontar retos que afectan tanto al marco normativo como a la necesidad de renovación de un aparato burocrático-administrativo que, por su propia naturaleza, se adapta con dificultad a la dinámica de un sector en rápida evolución. Italia es sin duda un referente histórico-artístico internacional, pero no puede decirse lo mismo de su mercado del arte, que lucha por ser competitivo en el contexto mundial. Las razones son múltiples, pero sin duda algunas de ellas se remontan a las estrechas fajas impuestas por la normativa del sector.

Entre los nudos críticos más debatidos está sin duda el relativo a las normas que regulan las exportaciones de arte. El Codice dei Beni Culturali (Decreto Legislativo 42/2004) está marcado por un fuerte enfoque de protección del patrimonio histórico-artístico nacional: si bien esto está históricamente justificado, hoy se traduce inevitablemente en una menor fluidez en la circulación de las obras, limitando la eficiencia del mercado y la operatividad de coleccionistas y profesionales.

La rigidez del sistema normativo italiano tiene su origen en la necesidad de preservar un patrimonio cultural único. No obstante, un mayor equilibrio entre la protección del patrimonio y la promoción del mercado podría contribuir a facilitar la circulación de aquellas obras que no revisten especial interés para la nación. Esto también favorecería una cierta renovación del público coleccionista, acercándolo a una clientela internacional que no se vería disuadida por una legislación que a menudo se percibe como penalizadora o excesivamente sujeta a la discrecionalidad interpretativa.



En este sentido, una definición más precisa de los parámetros de las restricciones de notificación, así como una actualización de los umbrales de valor y de tiempo para la exportación de bienes culturales, favorecerían una sinergia entre las exigencias de protección y las oportunidades de mercado, que no son necesariamente opuestas entre sí. Un primer paso en esta dirección se dio gracias al Decreto Ministerial 367/2020 que, en aplicación de la Ley 124/2017 (Ley de Competencia), elevó de 50 a 70 años el límite temporal para la exportación de determinadas categorías de bienes. También se introdujo un umbral de valor de 13.500 euros, por debajo del cual las mercancías de más de 70 años pueden exportarse con una simple autocertificación, sin necesidad, por tanto, de autorización de la Administración.

No obstante, esta intervención podría reforzarse con vistas a armonizar las normas nacionales con la legislación sobre bienes culturales de otros países, que prevén umbrales más elevados como, por ejemplo, en Francia, Alemania y el Reino Unido.

Por otra parte, la declaración de notificación de un bien cultural en Italia, como es bien sabido, no obliga al Estado a adquirir el bien como parte del patrimonio nacional e, incluso en este caso, difiere de lo que ocurre en otras jurisdicciones. En Francia, por ejemplo, si se deniega la expedición de un certificado para la exportación del bien, éste permanece “bloqueado” durante un periodo de 30 meses, durante el cual la obra no puede exportarse ni venderse, y el Estado tiene derecho a hacer una oferta de compra basada en los valores de mercado. Si el Estado no hace ninguna oferta durante ese periodo, el bien vuelve a ser libremente comercializable y su exportación no puede denegarse razonablemente.

Modenantiquaria 2025, sección Escultura
Modenantiquaria 2025, Sección de Escultura

Este mecanismo, que por un lado no obvia la necesidad de preservar la integridad del patrimonio cultural nacional, por otro no restringe el disfrute y la libre disponibilidad de aquellos bienes que no revistan un interés cultural significativo para la nación.

También obstaculizan la circulación de las obras de arte los plazos de expedición de los documentos de exportación por parte de las oficinas competentes de las Superintendencias, que a menudo exceden los plazos establecidos por la ley, muchas veces debido a la enorme cantidad de trabajo a la que están sometidas las propias oficinas. Por lo tanto, sería deseable intervenir para hacer más eficientes los procedimientos, también a través de una mayor digitalización de los procesos y la simplificación del proceso de autorización, a fin de garantizar tiempos de procesamiento más rápidos para las solicitudes, sin sacrificar sin embargo la calidad de los controles necesarios.

En esta perspectiva, la puesta en marcha efectiva de un pasaporte para las obras de arte -previsto inicialmente por el Decreto Ministerial 367/2020, pero aún pendiente de una regulación completa- podría ser un paso más para agilizar los plazos y los procedimientos de salida y/o retorno de los bienes artísticos a Italia, facilitando la labor de los operadores y permitiendo un control más eficaz del flujo de bienes tanto a nivel nacional como supranacional.

Evidentemente, estas orientaciones de reforma deberán ponderarse en función de los objetivos que se persigan, así como combinarse con otras intervenciones estructurales. Es el caso, por ejemplo, de una esperada reorganización de la normativa fiscal aplicada al arte, también a la luz de la reciente oportunidad que ofrece la Directiva 2022/542 de la UE de reducir el tipo de IVA aplicado a la importación y transferencia de obras de arte, como ya ha ocurrido en otros países europeos. Se trata de una nueva oportunidad que permitiría al mercado del arte italiano ganar atractivo en el contexto internacional.

Se trata, pues, de promover una colaboración virtuosa entre el sector público y el privado, entre las instituciones y los profesionales del sector, de modo que no sólo podamos proteger y valorizar debidamente el patrimonio histórico-artístico, sino también consolidar la competitividad del mercado italiano a nivel supranacional, favoreciendo al mismo tiempo la difusión y el conocimiento de la cultura italiana en el mundo.

Esta contribución se publicó originalmente en el número 24 de nuestra revista impresa Finestre sull’Arte sobre papel. Haga clic aquí para suscribirse.


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