Sao ko kelle terre per kelle fini que ki contene trenta anni le possette parte Sancti Benedicti": muchos conocen o han leído al menos una vez esta frase en lengua vernácula, una sencilla fórmula para resolver una cuestión de propiedad. La importancia de estas palabras deriva del hecho de que figuran en el primer documento oficial en italiano vernáculo que conocemos, el Placito di Capua de marzo de 960. Menos conocida es, sin embargo, la historia de este documento fundamental para comprender los orígenes de nuestra lengua, hoy conservado en la Biblioteca Estatal del Monumento Nacional de Montecassino.
El comienzo de la historia se remonta a unos años antes, al 949, año en que Aligerno se convirtió en abad de Montecassino y Capua, lugar este último en el que se encontraba exiliada la comunidad monástica benedictina tras la destrucción de la abadía de Montecassino durante una incursión sarracena en 883. Aligerno consiguió que su comunidad regresara a Montecassino, pero mientras tanto el territorio perteneciente al monasterio de San Benito había sido ocupado ilegalmente por un tal Rodelgrimo di Lupo, natural de Aquino, contra el que Aligerno intentó hacer valer sus derechos en 960. Rodelgrimo, por su parte, impugnó la propiedad casinesa de las dos tierras que reclamaba Aligerno: se trataba de una zona muy extensa (20.000 hectáreas), que representaba una porción importante de la Terra Sancti Benedicti, cuya extensión total alcanzaba unas 80.000 hectáreas. Aquino, para hacer valer sus supuestos derechos (de los que, sin embargo, carecía de toda prueba), alegó que las dos tierras habían sido heredadas por su padre y otros parientes.
El litigio se saldó con la victoria de Aligerno: el iudex cibitatis Capuane (“Juez de la ciudad de Capua”), Arechisi, falló a favor de la abadía, tras escuchar los testimonios de Theodemondo (diácono y monje), Mari (clérigo y monje) y Gariperto (clérigo y notario), que Aligerno había presentado como testigos. La famosa frase en lengua vernácula, citada en el texto latino del Placito, es repetida también por los tres testigos, que declaran por tanto a favor de la legítima propiedad cassinesa, afirmando que sabían que “kelle terre” (“esas tierras”) habían sido propiedad durante treinta años de la Abadía de San Benito, de ahí la fórmula: “Sao ko kelle terre per kelle fini que ki contene trenta anni le possette parte Sancti Benedicti” (“Sé que esas tierras, dentro de esos límites aquí descritos, treinta años las ha poseído el conjunto patrimonial de San Benito”).
El Capuan Placitum de 960 representa, como se ha dicho, el primer documento oficial en lengua vernácula italiana, y poco después le seguirían otros documentos jurídicos relativos a litigios sobre propiedades que la abadía de Montecassino poseía en Sessa Aurunca y Teano, denominados colectivamente los “Cassinese Placiti”: uno en particular se refiere a Sessa y está fechado en marzo de 963 (“Sao cco kelle terre, per kelle fini que tebe monstrai, Pergoaldi foro, que ki contene, et trenta anni le possette”), mientras que los otros se refieren a Teano y están fechados en julio de 963 (“Kella terra, per kelle fini que bobe mostrai, sancte Marie èet trenta anni la posset parte sancte Marie”) y octubre de 963 (“Sao cco kelle terre, per kelle fini que tebe mostrai, trenta anni le possette parte sancte Marie”). Sin embargo, la primacía en la lengua vernácula neolatina corresponde a los Juramentos de Estrasburgo, fechados el 14 de febrero de 842, aunque el contexto diferente de los primeros con respecto a los Placitus de Capua permite captar aún más el valor lingüístico del documento conservado en la Biblioteca Estatal de Montecassino. Los Juramentos de Estrasburgo, que se refieren a un pacto de ayuda mutua intercambiado entre Carlos el Calvo y Luis el Germánico (rey de los francos occidentales y rey de los francos orientales respectivamente) contra su hermano Lothair, fueron pronunciados en lengua romance (es decir en francés antiguo) por Luis, para que su juramento fuera comprendido por los soldados de Carlos, que hablaban la lengua de los francos occidentales, y éste, a su vez, juró en lengua teudisca (alto alemán antiguo) por las mismas razones. La fórmula fue transmitida por la Historia de los hijos de Luis el Piadoso, narrada por Nitard en 844, y conocida gracias a un manuscrito del siglo X, Lat. 9768, conservado hoy en la Biblioteca Nacional de Francia en París, y procedente de la abadía de San Medardo en Soissons. “Mientras que la lengua vernácula de los Juramentos de Estrasburgo se define con respecto a un latín gramaticalmente irreprochable y estilísticamente clásico, el de la Historia de Nitardo”, explica don Mariano Dell’Omo, director de la Biblioteca Estatal del Monumento Nacional de Montecassino, “la lengua vernácula de las fórmulas testimoniales del Placito de Capuán se define con respecto a un latín - en el que está escrito el Placito- no regulado y vulgar, de hecho ya caracterizado por dialectos locales. Así pues, la lengua vernácula de nuestro giudicato tiene una caracterización local y en el contexto de un uso del latín vivo y, por tanto, sujeto a transformaciones que deben tenerse en cuenta, a diferencia del documento francés que surge en el contexto de un latín ya cristalizado”.
En el documento de Montecassino se encuentran características propias de diferentes zonas geolingüísticas: Mientras que la firmeza de las vocales finales (“sao”, “contene”, “trenta”, “anni”) es típica de las zonas de Toscana hacia abajo, el “contene” en lugar del “contiene” toscano, o la pérdida del elemento labial, es típicamente campaniense: “ko” de quod, “kelle” de eccu + illae (aquellos), “ki” de eccu + hic (“aquí”). El hecho de que haya varios caracteres lingüísticos en la fórmula vernácula del Placito di Capua no permite hablar de una lengua vernácula como lengua hablada por el pueblo en su genuina espontaneidad, sino más bien, explica el director de la Biblioteca, "como lengua comprensible por el pueblo, aunque resultado de una elaboración con materiales populares filtrados, disciplinados e integrados en un marco culto. Baste pensar en el marcado tecnicismo de una palabra como ’parte’ (Sancti Benedicti): en el latinismo tardío y medieval, el término pars seguido de genitivo designaba a un sujeto como titular de bienes y derechos, una entidad patrimonial que formaba cuerpo con el propio sujeto, de modo que su uso se hizo típico en referencia a iglesias, obispados, monasterios. Otra manifestación de tecnicismo jurídico viene dada por el uso del verbo sao, elegido en lugar de la fórmula aún más contundentemente popular de ’saccio’ o ’sazzo’, en perfecta continuidad con el sapio latino. La preferencia dada en cambio a “sao” demuestra que, en el siglo X, se dio a esta palabra de sabor arcaico un sentido de especial prestigio, utilizándola con fines técnico-jurídicos. En ese sao (’ko kelle terre... ’), no se afirma cualquier conocimiento, sino el conocimiento preciso del testigo, y como tal la fórmula lingüística debió entrar hace tiempo en el uso judicial".
En conclusión, ¿por qué estas primeras manifestaciones escritas seguras de la afirmación de una conciencia lingüística que más tarde se convertiría en conciencia nacional surgieron precisamente en Campania? Como ha escrito el estudioso Aniello Gentile, en esta región “no se aplica la reforma carolingia, que, al restituir el latín a las formas clásicas para uso exclusivo de los doctos, interrumpe la evolución natural del latín bajomedieval. En otras palabras, la reforma devuelve al latín sus normas gramaticales y determina una frontera más clara entre esta lengua y la expresión oral, pero al mismo tiempo frena la evolución lingüística natural de esta última. No hizo sentir sus efectos en el sur de Italia, porque afectó especialmente al mundo de la cultura anglosajona e irlandesa y no se extendió al sur de Roma. De ahí que los documentos medievales del sur estén cada vez más llenos de vulgarismos y que el latín esté cada vez menos alejado de la lengua vernácula hablada”. Y ésta es también la razón por la que un texto cronológicamente anterior al Placito de Capua, es decir, el llamado Indovinello veronese del siglo VIII, no tiene, dice don Mariano Dell’Omo, “el mismo valor y significado lingüístico pregnante y explícitamente oficial de ”vulgar“ que tiene el Placito capuano de 960”. El texto del acertijo, manuscrito en el folio 3r del códice LXXXIX de la Biblioteca Capitolare de Verona (“se pareba boues alba pratalia araba & albo uersorio teneba & negro semen / seminaba”, es decir, “tenía bueyes delante, los prados blancos que araba, un arado blanco que tenía y una semilla negra que sembraba”: es una analogía entre la actividad del labrador y la del escritor), puede considerarse de hecho, como han señalado algunos lingüistas (Angelo Monteverdi, Carlo Tagliavini, Giacomo Devoto, Bruno Migliorini), no una lengua vernácula, sino una especie de latín semiliberal, nacido en un ambiente erudito o en todo caso estudiantil, de clérigos que se comunicaban de este modo entre compañeros de estudios no demasiado seguros de la gramática y el vocabulario latinos.
La biblioteca se creó como institución pública en 1866, pero sus fondos se remontan a la primera mitad del siglo VI, a la época en que San Benito de Norcia reunió la primera comunidad de monjes en Montecassino: De hecho, la mayoría de los manuscritos de la biblioteca se produjeron en el scriptorium de la abadía y representan un raro ejemplo del desarrollo orgánico de una colección de libros en Italia (ampliada posteriormente, entre los siglos XVII y XVIII, con los libros impresos que hoy forman la colección de libros impresos antiguos). Posteriormente se añadió una vasta colección moderna que sigue creciendo.
La colección de libros antiguos de la Biblioteca del Monumento Nacional de Montecassino se compone principalmente de obras de teología, ciencias religiosas, historia eclesiástica y monástica. La dotación total de la parte impresa del fondo antiguo cuenta con más de 25.000 volúmenes y folletos sueltos, más de 200 incunables, 2.063 libros del siglo XVI y 1.100 manuscritos. El códice más antiguo, el cód. 150, Ambrosiaster (un comentario a las cartas de San Pablo), en escritura semioncial, puede fecharse en el siglo VI (569/570) y procede del astrum Lucullanum (Nápoles). También es digno de mención el cod. 753 del siglo VIII, que contiene las Sententiae de Isidoro de Sevilla y es el más antiguo conocido en escritura Benevento, o el códice 175, que puede fecharse con certeza en los años de gobierno del abad Juan (914-934), que además del texto de la Regla de San Benito y el Comentario a la misma de Pseudo-Pablo Diácono, contiene otras importantes memorias históricas, espirituales y de costumbres de la comunidad monástica casinesa, y transmite la imagen cierta más antigua de San Benito. Sin embargo, el siglo de oro del scriptorium y la biblioteca cassineses es el XI, dominado por la figura del abad Desiderio (1058-1087), autor del renacimiento espiritual de Montecassino y promotor de las artes y la cultura, además de ser un cardenal tan autorizado que sucedió al papa Gregorio VII como Víctor III. De estos años datan manuscritos a menudo únicos por el contenido y el valor del texto y de las imágenes, como el cód. 181, único manuscrito en Benevento que transmite el texto de la Historia ecclesiastica gentis Anglorum de Beda el Venerable, o el cód. 275, único manuscrito completo de la familia A de laHistoria Francorum de Gregorio de Tours copiado en Monte Cassino bajo Desiderio hacia 1086.
Otras rarezas son el Ritmo cassinese, la transcripción en verso más antigua de la Italia peninsular, un poema alegórico sobre la superioridad de la vida espiritual sobre la terrenal, escrito en una Beneventana del siglo XIII sobre una hoja (p. 206) del cód. 552, que data del siglo XI; el último escrito conocido de Santo Tomás de Aquino como Doctor de la Iglesia, una carta que dirigió al abad casinense Bernardo Aiglerio, quien le había pedido aclaraciones teológicas sobre un pasaje de la Moralia de Gregorio Magno. En cuanto al patrimonio archivístico y documental, en Monte Cassino se conservan unos 14.000 pergaminos, el más antiguo de los cuales en original data del año 809, mientras que el más famoso sigue siendo el Placito di Capua de marzo de 960. Además, el archivo musical cuenta con 8.857 piezas manuscritas, de las que 177 son autógrafas, entre ellas el famosísimo Stabat Mater de Giovanni Battista Pergolesi.
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