Un paso adelante para los autónomos de las artes escénicas: arranca ALAS, el subsidio de desempleo


Se ha puesto en marcha ALAS, el subsidio de desempleo para los trabajadores autónomos de las artes escénicas. Un paso adelante en la aplicación de la nueva protección social para las artes escénicas", comentó Dario Franceschini.

Entra en vigorALAS, elsubsidio de desempleo para los trabajadores autónomos de las artes escénicas. Un paso más en laaplicación de la nueva asistencia social para las artes escénicas", declaró el Ministro de Cultura, Dario Franceschini. “Gracias a los esfuerzos del Inps y del Ministerio de Trabajo, el Alas, el nuevo seguro de indemnización por desempleo involuntario para los trabajadores autónomos de las artes escénicas, que fue definido por el Ministerio de Cultura tras una atenta escucha y discusión con los sindicatos y las asociaciones profesionales, entra finalmente en vigor. Esta nueva medida se esperaba desde hace años y viene a llenar un vacío para muchas categorías de las artes y el espectáculo que se han visto gravemente afectadas por los efectos de la ”pandemia".

La nueva protección, puesta en marcha a instancias del Ministerio de Cultura y del Ministerio de Trabajo y Políticas Sociales, está destinada a los trabajadores autónomos del sector de las artes escénicas específicamente identificados para el desempleo involuntario previsto en caso de cese involuntario a partir del 1 de enero de 2022, introducido por el decreto support-bis (artículo 66 del Decreto Ley nº 73 de 25 de mayo de 2021, convertido, con modificaciones, por la Ley nº 106 de 23 de julio de 2021).



Desembolsado en un máximo de seis mensualidades, el subsidio de desempleo asciende al 75 % de los ingresos medios mensuales (calculados en relación con la base imponible a efectos de la Seguridad Social del año en que finalizó la última relación laboral por cuenta propia y del año anterior, multiplicado por el número de meses cotizados, o fracciones, en el mismo periodo de observación). Puede presentar su solicitud en línea en la página web del Instituto www.INPS.it, cuyo acceso ya está activo para los usuarios.

Los beneficiarios de la nueva prestación ALAS son específicamente los trabajadores autónomos que realicen actividades artísticas o técnicas con carácter temporal, directamente relacionadas con la producción y realización de espectáculos (artículo 2, apartado 1, let. a), del Decreto Legislativo núm. 182/1997), así como los trabajadores autónomos de duración determinada que ejercen actividades fuera de las hipótesis previstas en el artículo 2, párrafo 1, lett. a) y los trabajadores autónomos “que ejercen actividades musicales” a los que se refiere el artículo 3, párrafo 98, de la Ley núm. 350 que, en la fecha de presentación de la solicitud, no tengan ningún tipo de relación laboral, ya sea por cuenta propia (incluidas las relaciones de colaboración) o por cuenta ajena (de duración determinada y/o indefinida); que no sean beneficiarios, en la fecha de efectos de la prestación y durante todo el período de percepción de la misma, de tratamientos de pensión directa, así como de la APE sociale; que no sean beneficiarios, en la fecha de efectos de la prestación y durante todo el período de percepción de la mismadurante todo el periodo de percepción de la prestación, de rentas de ciudadanía; que hayan acumulado, desde el 1 de enero del año anterior a la finalización de su última relación laboral por cuenta propia, al menos 15 días de cotizaciones abonadas o acreditadas al Fondo de Pensiones de los Trabajadores de las Artes Escénicas, incluidas las cotizaciones ficticias o acreditadas por periodos de maternidad; que tengan, en el año anterior a la presentación de la solicitud, unos ingresos que no superen los 35.000 euros.

Encontrará más información sobre cómo solicitar el subsidio en este enlace .

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Un paso adelante para los autónomos de las artes escénicas: arranca ALAS, el subsidio de desempleo


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