La regulación de los delitos contra los bienes culturales está a punto de cambiar de forma. Hoy, de hecho, el Gobierno ha decidido actuar por su cuenta y, en el consejo de ministros celebrado a las 16.00 horas, ha acogido favorablemente el proyecto de ley propuesto por el propio ministro de Cultura, Gennaro Sangiuliano, presentado con la idea de poner freno a las acciones de activistas ecologistas contra el patrimonio cultural, como las que han tenido lugar en los últimos meses.
Recientemente, otras dos propuestas habían surgido del Parlamento. Un primer proyecto de ley había sido presentado en noviembre de 2022, siendo su primer firmante Claudio Borghi , de la Liga: el objetivo del proyecto en cuestión era introducir un sistema de sanciones para la conducta de quienes desfiguren los lugares, pero también las estructuras utilizadas para la exposición, protección y conservación del patrimonio cultural expuesto en museos, pinacotecas, galerías y otros lugares de exposición del Estado, las regiones y otros entes públicos territoriales, así como en cualquier otro organismo e instituto público. Borghi y los demás cofirmantes, en el informe, explicaban que querían penalizar precisamente la conducta de quienes “acudiendo a lugares de la cultura para manifestaciones propagandísticas y de protesta como las de Just Stop Oil, realicen actos con grave riesgo de dañar o perjudicar la integridad de los bienes culturales expuestos al público, vandalizando los lugares de exposición, protección y conservación de la obra, sumándose a las penas ya previstas para quienes efectivamente dañen el bien cultural”. El proyecto proponía una actualización del artículo 518-duodecies del Código Penal, incluyendo el delito de destrucción, dispersión, deterioro, desfiguración, pintarrajeo y utilización ilícita del patrimonio cultural o paisajístico entre los delitos castigados con la detención facultativa en flagrante delito, facultando así a los agentes de policía para detener a quien sea sorprendido en flagrante delito de daño y deterioro de un bien de interés artístico, histórico, arqueológico, etnoantropológico, archivístico o bibliográfico.
La segunda propuesta, aún en fase de borrador, lleva la firma de Marco Lisei , de Fratelli d’Italia: aún en fase de borrador a fecha de hoy, propone el destierro urbano para quienes ya hayan sido condenados por vandalismo o daños al patrimonio cultural (la propuesta es imponer, a quienes ya hayan sido condenados, una distancia de al menos 10 metros de los edificios catalogados), con una multa de 500 a 1.000000 euros para quien transgreda la prohibición, y penas de prisión de seis meses a tres años para quien desfigure o deteriore edificios públicos, religiosos o sujetos a protección como bienes culturales (actualmente, en cambio, esta pena sólo se prevé para quien “destruya, disperse, deteriore o inutilice total o parcialmente bienes muebles o inmuebles ajenos”, según reza el artículo 635 del Código Penal, que el senador Lisei quiere modificar).
En cambio, el proyecto de ley impulsado por el Gobierno introduce una multa máxima de 20 a 60 mil euros para quien destruya o deteriore bienes culturales, y de 10 a 40 mil para quien se limite a desfigurarlos: “Quien destruya, disperse, deteriore o inutilice total o parcialmente bienes culturales o paisajísticos de su propiedad o de terceros”, reza el proyecto, “será castigado con la sanción administrativa del pago de una cantidad de 20 mil a 60 mil euros”. El texto prosigue disponiendo que “el que, fuera de los casos contemplados en el párrafo primero, desfigurare o deteriorare bienes culturales o paisajísticos de su propiedad o de terceros, o los utilizare para un fin perjudicial para su conservación o integridad o para un fin incompatible con su carácter histórico o artístico, será castigado con la sanción administrativa del pago de una suma de 10.000 a 40.000 euros”.
Las medidas no tendrán valor retroactivo. Las multas, sin embargo, se sumarán a las penas ya previstas por el código penal para los delitos de daños, es decir, prisión de seis meses a tres años. El propio proyecto lo especifica: “La autoridad judicial y la autoridad administrativa tendrán en cuenta, a la hora de imponer las penas de su competencia, las medidas punitivas ya impuestas y que la recaudación de la multa o de la sanción pecuniaria administrativa se limitará a la parte que exceda de lo recaudado por la autoridad administrativa o la autoridad judicial, respectivamente”.
“Los ataques a monumentos y lugares artísticos producen daños económicos a la comunidad”, comentó el ministro Sangiuliano. “La limpieza requiere la intervención de personal altamente especializado y el uso de maquinaria muy costosa. Quienes llevan a cabo estos actos también deben asumir responsabilidades económicas. Según los datos que me ha facilitado la Superintendencia Especial de Roma, la restauración de la fachada del Senado costó 40.000 euros. Quien cause daños debe pagarlos personalmente. Dependiendo de la gravedad del caso, esto oscila entre un mínimo de 10.000 y un máximo de 60.000 euros. Estas cantidades se suman a las que los infractores serán condenados a pagar en su día en un procedimiento penal o civil. Se trata, de hecho, de sanciones administrativas que puede imponer inmediatamente el prefecto del lugar donde se comete la infracción, basándose en denuncias de funcionarios públicos”.
Multas máximas de 10 a 60.000 euros por pintarrajear obras de arte: el Gobierno apoya el proyecto de ley |
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