Bono de vacaciones, Netflix cultura, sin autorizaciones para dehors, Fondo de Cultura: las medidas del relanzamiento dl para la cultura y el turismo


El Ministro de Patrimonio Cultural, Dario Franceschini, ha presentado esta mañana las medidas para la cultura y el turismo contenidas en el Decreto de Relanzamiento. He aquí cuáles son.

En una rueda de prensa celebrada esta mañana en Zoom, el Ministro de Patrimonio Cultural , Dario Franceschini, ha presentado las medidas en favor de la cultura y el turismo contenidas en el Decreto de Relanzamiento que acaba de aprobarse y que pronto se publicará en el Boletín Oficial. Se trata de medidas extraordinarias de apoyo al sector en el contexto de la emergencia sanitaria provocada por la propagación de la pandemia del coronavirus Covid-19.

“Las medidas adoptadas en el decreto de relanzamiento del turismo y la cultura”, ha declarado el Ministro Franceschini, “ascienden a 5.000 millones: una suma muy importante, son 4.000 millones para el turismo y 1.000 millones para la cultura, que tienen un impacto significativo y demuestran por fin que en Italia existe una conciencia, desgraciadamente madurada a través de una crisis tan dramática, de la importancia estratégica de estos dos sectores: además del valor económico, existe también un valor de caracterización del sistema país”.



A continuación se presentan todas las medidas para el turismo (presentadas antes que las de la cultura).

1. Prima de vacaciones
Bonificación de vacaciones (o mejor dicho, crédito fiscal de vacaciones): una subvención para las vacaciones en Italia que se reconoce hasta 500 euros por los gastos realizados en Italia en hoteles, campings, villas turísticas, agroturismos y Bed & Breakfast (código ateco 55). La bonificación es válida para quienes tengan un Isee de hasta 40.000 euros. El importe se modula en función de la composición del núcleo familiar: 500 euros para núcleos de 3 personas y más, 300 euros para núcleos de 2 personas, 150 euros si sólo hay una persona en el núcleo. La contribución es válida si se gasta en Italia del 1 de julio al 31 de diciembre de 2020: el 80% como descuento en la cuota debida al establecimiento; el 20% restante como deducción en el impuesto sobre la renta. Los establecimientos de alojamiento podrán transferir el crédito a sus proveedores, particulares, entidades de crédito o intermediarios financieros.

2. Exención del IRAP
Las empresas con un volumen de ingresos entre 0 y 250 millones de euros y los autónomos con un volumen de retribuciones equivalente no están obligados a pagar el saldo del IRAP 2019 y el anticipo del IRAP 2020.

3. Fondo para la promoción de los viajes en Italia
Se crea con una dotación inicial de 20 millones de euros para promover los distintos sectores y destinos del turismo italiano también a través de Enit - Agenzia Nazionale del Turismo (Agencia Nacional del Turismo), organismo que verá una mayor implicación en su gobernanza de Regiones, Entidades Locales, Municipios y asociaciones profesionales.

4. Sin primer tramo en 2020
Exención del primer tramo de la IMU para los establecimientos balnearios, marítimos, fluviales, lacustres y termales, y para los inmuebles de estructura hotelera y extrahotelera a condición de que los propietarios sean también gestores de las actividades.

5. Refuerzo de los subsidios de temporada y ampliación del fondo de despido
Los trabajadores estacionales del sector turístico que no estén empleados o no tengan acceso a formas de complemento salarial recibirán un subsidio de 600 euros también en abril y de 1.000 euros en mayo. El fondo de complemento salarial para los trabajadores del sector turístico, ferias y congresos se amplía 9 semanas.

6. Subvenciones a fondo perdido para agencias de viajes y operadores turísticos
Se crea un fondo de emergencia de 25 millones de euros para apoyar a las agencias de viajes y operadores turísticos que hayan sufrido pérdidas debido a la emergencia de Covid-19.

7. Fondo de turismo de 150 millones de euros
Se crea este Fondo con una dotación inicial de 150 millones de euros (para el periodo 2020-2021) que se destinará, también con Cassa Depositi e Prestiti, a la adquisición, renovación y puesta en valor de inmuebles destinados a actividades turísticas y de alojamiento.

8. Crédito fiscal del 60% para los alquileres de las empresas turísticas
Para las empresas turísticas con un volumen de negocios de hasta 5 millones de euros, y para los hoteles sin límite de volumen de negocios, se prevé un crédito fiscal del 60% de los costes de alquiler de los inmuebles en los que operan. Podrán beneficiarse de este crédito las empresas con una pérdida de volumen de negocios no inferior al 50%.

9. Crédito fiscal por gastos de saneamiento
Crédito fiscal del 60% (hasta un máximo de 80.000 euros) y contribuciones (de 15.000 a 100.000 euros en función del número de empleados) por los gastos realizados para la adaptación de los locales y la adquisición de dispositivos y equipos para contener la propagación del virus Covid-19.

10. Suspensión del TOSAP y suspensión de las autorizaciones de superintendencia de terrazas
Con el fin de promover la reanudación de actividades seguras y favorecer el consumo al aire libre, las empresas públicas comerciales (art. 5 de la ley nº 287/1991: bares, restaurantes, pizzerías, cervecerías, establecimientos de baño, heladerías) quedan exentas del pago de la tasa por ocupación de espacios y zonas públicas hasta el 31 de octubre de 2020. Hasta la misma fecha, también se suspende el sistema de autorizaciones por parte de las superintendencias (servirá, explicó el ministro Franceschini, para facilitar las intervenciones, se referirá a intervenciones que no sean estables y reversibles, y estará en vigor “sólo durante tres meses”). Se crea un fondo de 127 millones de euros para compensar a los municipios por la menor recaudación debida a esta medida.

11. Fondo para compensar a los municipios por la falta de tasa turística
Se reserva un presupuesto inicial de 100 millones de euros para compensar parcialmente a los municipios por la pérdida de ingresos derivada de la falta de recaudación de la tasa turística. También introduce simplificaciones en las obligaciones de los gestores de establecimientos de alojamiento responsables del pago del impuesto.

12. Subvenciones a fondo perdido por disminución del volumen de negocios
Las empresas y operadores turísticos con un volumen de negocio de hasta 5 millones de euros recibirán una aportación a fondo perdido para 2020 de cuantía proporcional a la reducción del volumen de negocio y de las tasas (comparativa abril 2020/abril 2019).

13. Beneficios fiscales para el reforzamiento del capital de las empresas
Para las sociedades y cooperativas con un volumen de negocios entre 5 y 50 millones de euros que hayan experimentado una reducción de ingresos no inferior al 33% y que resuelvan ampliar su capital, se establecen deducciones equivalentes al 20% de las cuotas y deducciones del 20% de los beneficios empresariales. Para las empresas que facturen más de 10 millones de euros, el “Fondo del Patrimonio de las PYME” puede suscribir instrumentos financieros participativos.

14. Suspensión de pagos a la Seguridad Social, seguros e impuestos
Se prorroga hasta el 16 de septiembre la suspensión de las retenciones fiscales, del pago de las cotizaciones a la Seguridad Social y a la Seguridad Social y de las primas de seguros obligatorios para las agencias de viajes y turismo, operadores turísticos, bares, restaurantes, balnearios, parques de atracciones o temáticos, servicios de transporte, alquiler de material deportivo y recreativo o de instalaciones y equipos para eventos y espectáculos, guías y auxiliares de turismo y otras empresas turísticas.

15. Prórroga de los bonos
Se amplía de 12 a 18 meses el plazo para utilizar los bonos recibidos como compensación por los viajes y paquetes turísticos cancelados por la emergencia de Covid-19.

16. Prórroga de las concesiones de playa
Se confirma la prórroga ya prevista en la Ley 145/2018.

A continuación, el paquete con las medidas de relanzamiento para la cultura.

1. Fondo de emergencia para empresas culturales
Se crea un Fondo para empresas e instituciones culturales para apoyar: el mundo del libro y la edición, espectáculos, grandes eventos, ferias, congresos y exposiciones canceladas por la emergencia Covid-19, y museos no estatales.

2. Fondo de 100 millones de euros para los museos estatales
Se crea un fondo de 100 millones de euros para apoyar a los museos MiBACT afectados por la pérdida de ingresos por venta de entradas como consecuencia del cierre ordenado para contener la propagación de la infección por coronavirus.

3. Fondo de Cultura (para el fomento de las inversiones en patrimonio)
Se crea el Fondo de Cultura con una dotación inicial de 100 millones de euros (para el periodo 2020-2021), destinado a promover inversiones en favor del patrimonio cultural material e inmaterial y abierto a la participación de entidades privadas. La Cassa Depositi e Prestiti participará en la tramitación y gestión de las operaciones, mientras que una parte del fondo podrá ser gestionada por el Istituto per il Credito Sportivo para garantizar bonificaciones de intereses y préstamos para medidas de protección y valorización del patrimonio cultural.

4. Aumento del Fondo de Emergencia para el Cine y el Espectáculo
Los recursos del Fondo de Emergencia para el Entretenimiento, el Cine y el Sector Audiovisual introducido por el decreto “Cura Italia” pasan de 130 a 245 millones de euros. Está previsto un aumento de otros 50 millones para 2020.

5. Refuerzo del crédito fiscal y de las contribuciones
También será posible asignar dotaciones en derogación de los porcentajes previstos para los créditos fiscales derivados del cine de crédito fiscal, dentro del límite de los recursos identificados por la ley que regula el cine y el audiovisual. Los recursos identificados para las contribuciones automáticas y selectivas también podrán finalizarse de la misma manera.

6. Dotaciones extraordinarias del FUS para Fundaciones Lírico-Sinfónicas, teatros y espectáculos en vivo
Para las Fundaciones Lírico-Sinfónicas, asignación para 2020 y 2021 en función de la media de las puntuaciones asignadas para el trienio 2017-2019, mientras que para 2022 se ajustarán los criterios de asignación teniendo en cuenta la actividad desarrollada ante la emergencia Covid-19, la necesidad de proteger el empleo y la reprogramación de espectáculos. En 2020, el Fus también podrá utilizarse para complementar los instrumentos de apoyo a la renta de los trabajadores. Para Teatro y Artes Escénicas en Vivo, en 2020 se desembolsará un anticipo del 80% de la aportación recibida en 2019. El 20% restante se desembolsará en función de las actividades realizadas por la emergencia de Covid-19, la protección del empleo y la reprogramación de espectáculos. El desembolso de las contribuciones en 2021 tendrá lugar como excepción al periodo de programación de tres años sobre la base de las actividades realmente realizadas y notificadas en 2020. En 2020 el Fus también podrá utilizarse para complementar los instrumentos de apoyo a la renta de los trabajadores.

7. Crédito fiscal del 60% para alquileres
Para los teatros, cines, asociaciones y fundaciones culturales que facturen hasta 5 millones de euros, se prevé una deducción del 60% de los gastos de alquiler de los inmuebles en los que desarrollen su actividad. Podrán acogerse a este crédito las entidades con pérdidas no inferiores al 50%.

8. Netflix de la Cultura
Se destinan 10 millones de euros a MiBACT para crear, también con Cassa Depositi e Prestiti, una plataforma digital para el disfrute del patrimonio cultural y los espectáculos en directo en línea y en streaming de pago por visión.

9. Protección de los trabajadores
Prórroga para los meses de abril y mayo del subsidio de 600 euros previsto para el mes de marzo para los trabajadores del sector del espectáculo con 30 días laborables en 2019 y unos ingresos de hasta 50.000 euros. En abril y mayo subsidio de 600 euros también para trabajadores del espectáculo con 7 días laborables en 2019 y rentas de hasta 35.000 euros. Además, se amplía en 9 semanas el fondo de cese temporal para los trabajadores del espectáculo.

10. Fondo para artistas
Se crea un Fondo con una dotación inicial igual al remanente resultante de los procedimientos de liquidación del IMAIE para artistas intérpretes o ejecutantes.

11. Exención del IRAP
Las empresas con un volumen de ingresos entre 0 y 250 millones de euros y los autónomos con un volumen de retribuciones equivalente no están obligados a pagar el saldo IRAP 2019 y el anticipo IRAP 2020.

12. Crédito fiscal por gastos de saneamiento
Deducción del 60 por 100 (hasta un máximo de 80.000 euros) y cuotas (de 15.000 a 100.000 euros en función del número de empleados) de los gastos realizados para la adecuación de espacios y la adquisición de dispositivos y equipos para contener la propagación del virus Sars-Cov-2.

13. Ampliación de la Bonificación Arte y del anticipo 5x1000 a la cultura
Se amplía la desgravación fiscal del 65% (Bonus Arte) por donaciones a favor de la cultura a circos, conjuntos instrumentales, sociedades de conciertos y corales, y espectáculos itinerantes. Se adelanta a 2020 el desembolso de la cuota 5X1000 de Cultura de 2019, que se entregará a los beneficiarios antes del 31/10/2020.

14. Suspensión de pagos a la seguridad social, seguros e impuestos
Se prorroga hasta el 16 de septiembre la suspensión de las retenciones, del pago de las cotizaciones a la Seguridad Social y a la Seguridad Social, y de las primas de seguros obligatorios para las entidades gestoras de teatros, salas de conciertos, cines, ferias o eventos de carácter artístico y/o cultural, museos, bibliotecas, archivos y otras empresas culturales.

15. Bonos para espectáculos, conciertos y exposiciones
Se amplía de 12 a 18 meses el plazo para utilizar los bonos recibidos como compensación por espectáculos cancelados y espacios expositivos cerrados. Los bonos se podrán emitir hasta el 30 de septiembre de 2020.

16. Parma Capital de la Cultura
Parma será Capital Italiana de la Cultura también en 2021 y el actual procedimiento de selección otorgará el título para 2022.

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