Así se visitan los museos: MiBACT publica las normas. Máscara y guantes obligatorios, distancia de 1,5 m.


Así visitaremos los museos: las normas de reapertura han sido publicadas por la Dirección General de Museos del MiBACT.

La Dirección General de Museos del Ministerio de Cultura y Turismo ha publicado la declaración conjunta para la reapertura de institutos y lugares de cultura de titularidad estatal en aplicación del Protocolo Covid-19 de Acuerdo para la Prevención y Seguridad de los Empleados Públicos para Emergencias Sanitarias: en la práctica, estas son las normas que tendremos que seguir cuando visitemos los museos y que también tendrán que acatar los trabajadores de los institutos. Hablamos, pues, de museos, pero también de parques arqueológicos, bibliotecas, archivos, conjuntos monumentales, tal y como se identifican en el artículo 101 del Código del Patrimonio Cultural. Veámoslos en detalle.

Empecemos por las medidas que deben observarse tanto en el exterior como en el interior de los lugares de cultura:



  • Obligaciones por parte del empresario de informar al personal y a cualquier persona que acceda a los institutos y lugares de cultura y lugares de trabajo sobre las medidas anticontagiosas adoptadas y sobre el riesgo epidemiológico en curso, así como sobre el comportamiento que debe adoptarse en función de la naturaleza específica del lugar y del modo de utilización que se haya decidido. A tal fin, también se podrán exponer carteles/folletos/panfletos en los que se dé publicidad a las citadas medidas.
  • Para los trabajadores, existe la obligación de llevar equipos de protección individual desechables (mascarillas, guantes de látex) y, en caso de que haya un gran número de visitantes, también es obligatorio llevar una visera protectora de plástico transparente (esto último también es obligatorio para los equipos de rescate). El personal de MiBACT sólo debe utilizar máscaras con el marcado CE.

Estas son las medidas y procedimientos que deben observarse en el exterior:

  • Presencia obligatoria de dispositivos de información exterior (paneles o carteles) que contengan los métodos y horarios de visita (o recepción del público y empresas externas), incluida la información sobre las obligaciones del público;
  • Presencia obligatoria de dispensadores de jabón antiséptico y señalización de su ubicación;
  • Controles del personal sobre los miembros del público para asegurarse de que llevan mascarillas y guantes: el personal debe proporcionar EPI si se descubre que los visitantes/usuarios no los llevan;
  • Instalación progresiva de termoscaners en lugares culturales con una alta concentración de visitantes (es decir, con más de cien mil visitantes al año);
  • Instalación progresiva de dispositivos de medición de la temperatura corporal en locales culturales con hasta cien mil visitantes al año y en otros lugares de trabajo.

Estas son las medidas que deben observarse en el interior de los lugares de cultura.

  • Obligación dellevar equipos de protección individual desechables (mascarillas con marcado CE, guantes de látex) hasta el final de la visita para el público y hasta el final de la jornada laboral para los empleados;
  • Presencia obligatoria de dispensadores de jabón antiséptico y señalización de su ubicación;
  • Instalación progresiva de paneles de plexiglás para garantizar el respeto del “distanciamiento social” en la división de los espacios de trabajo dentro de las zonas comunes;
  • Disposición de entradas de cuota en términos de cantidad y frecuencia, incluida la posibilidad de entrada con reserva, para todos los recintos culturales;
  • Disposición de salidas escalonadas en el tiempo para evitar solapamientos con los flujos de entrada;
  • Establecimiento progresivo de itinerarios de visita definidos en función tanto de los temas específicos de contenido como del tamaño del recinto;
  • Vigilancia del cumplimiento del “distanciamiento social” que debe ser de al menos 1,5 metros entre un visitante y el siguiente, ya sea mediante recordatorios verbales o mensajes grabados que se difundirán a intervalos regulares;
  • En los espacios confinados, debe haber una ventilación natural adecuada de los locales y el cumplimiento de las recomendaciones en presencia de sistemas de ventilación y/o aire acondicionado;
  • Obligación de utilizar ascensores, elevadores o montacargas una persona a la vez, con la obligación de llevar EPI;
  • Obligación de limitar la presencia de personal en el restaurante/sala de control/salas de monitores/zonas comunes, con la estricta obligación de llevar ropa de protección en todo momento;
  • Obligación de garantizar la estricta higiene de los entornos de trabajo (realizada con los productos adecuados) con una frecuencia proporcional a su uso, así como de las superficies de contacto de las máquinas expendedoras de alimentos y bebidas;
  • Obligación de garantizar la higiene frecuente de los aseos para empleados y usuarios;
  • Obligación de garantizar la limpieza periódica de los sistemas de ventilación y aire acondicionado;
  • Obligación de garantizar la limpieza diaria de aseos, ascensores, zonas comunes, comedores, salas de control, al inicio y al final de la jornada laboral;
  • Obligación de garantizar la limpieza diaria de los entornos de trabajo, con especial atención a las zonas frecuentadas durante el cambio de turno, superficies de contacto;
  • Obligación de desinfectar periódicamente los teclados, pantallas táctiles y ratones con detergentes adecuados;
  • Obligación de desinfectar inmediatamente si se detecta cualquier infección Covid-19;
  • Regular los turnos de forma que se eviten las concentraciones en las unidades de guardia sin el espaciado adecuado;
  • Obligación de utilizar guantes al manipular materiales comunes (por ejemplo, bolígrafos y lápices) y obligación de higienizar los objetos después de cada uso.

La aplicación de las normas se revisará periódicamente. Dado que las directrices son las del MiBACT, se aplican a los sitios culturales de propiedad estatal (como los Uffizi, la Galleria Borghese, Pompeya, la Biblioteca Nacional Central de Florencia, los Archivos Estatales, etc.). Esto significa que los museos cívicos, diocesanos o privados podrían elaborar normas incluso profundamente distintas de las que acabamos de enumerar.

En la foto: una sala de la Galleria Borghese.

Así se visitan los museos: MiBACT publica las normas. Máscara y guantes obligatorios, distancia de 1,5 m.
Así se visitan los museos: MiBACT publica las normas. Máscara y guantes obligatorios, distancia de 1,5 m.


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