Aprobada la Ley de Presupuestos 2021: la maniobra es ley. Estas son todas las medidas para la cultura


El Senado ha aprobado hoy definitivamente la Ley de Presupuestos para 2021. Estas son todas las medidas que la maniobra prevé para la cultura.

Con 156 votos a favor y 124 en contra, el Senado acaba de aprobar la Ley de Presupuestos para 2021. La maniobra se convierte así oficialmente en ley. Hay varias medidas para la cultura, veamos cuáles son.

Contribuciones para los comerciantes de los centros históricos. Apartado 87: la subvención a fondo perdido para quienes realicen actividades comerciales de venta al público de bienes o servicios, establecida por el decreto de agosto, se amplía ahora también a los municipios en los que existan santuarios religiosos (en los que se haya registrado el triple de residentes), además de los municipios señalados por el decreto de agosto. El aumento de la carga se sufraga con 10 millones de euros para 2021.



Entrada gratuita a los museos para los italianos residentes en el extranjero. Párrafo 89: Con el fin de favorecer la reanudación de los flujos turísticos de retorno, se crea un fondo con una dotación de 1,5 millones de euros para cada uno de los años 2021, 2022 y 2023 en las previsiones del Ministerio de Bienes y Actividades Culturales para permitir, dentro de los límites de disponibilidad del fondo, a los ciudadanos italianos residentes en el extranjero, que acrediten su inscripción en el Registro de Italianos Residentes en el Extranjero (AIRE), la entrada gratuita a la red de museos, áreas y parques arqueológicos de relevancia pública. El MiBACT establecerá las modalidades con un decreto de aplicación.

Fondo de protección y valorización de las zonas de interés geológico y espeleológico. Apartado 91: Con el fin de garantizar la protección y puesta en valor de las áreas de especial interés geológico o espeleológico, así como apoyar su desarrollo y gestión ambientalmente sostenible, y promover su disfrute público, se crea un fondo especial en la Presidencia del Consejo de Ministros, con una dotación de 4 millones de euros para el año 2021. El fondo se destinará a financiar, en favor de los complejos kársticos con vocación turística, la mejora y adecuación de los sistemas ordinarios de iluminación, seguridad y multimedia, tanto en superficie como en espacios subterráneos abiertos al uso público, mediante la sustitución y renovación de los mismos por tecnologías que garanticen la seguridad de las personas, la eficiencia energética, la protección del medio ambiente con la eliminación de fuentes contaminantes y la conservación del patrimonio subterráneo. Las asignaciones se determinarán mediante un decreto especial del Ministro de Asuntos Regionales.

Fondo para laspequeñas y medianas empresas creativas. Párrafo 109: Se crea el “Fondo para las pequeñas y medianas empresas creativas” en las previsiones del Ministerio de Desarrollo Económico, con una dotación de 20 millones de euros para cada uno de los años 2021 y 2022. Los recursos se destinarán a promover el nuevo emprendimiento y el desarrollo de las empresas del sector creativo, a través de subvenciones a fondo perdido, préstamos bonificados y sus combinaciones; promover la colaboración de las empresas del sector creativo con empresas de otros sectores productivos, en particular los tradicionales, así como con universidades y organismos de investigación, también a través del desembolso de subvenciones a fondo perdido en forma de vales que se utilizarán para la adquisición de servicios prestados por empresas creativas o para fomentar procesos de innovación apoyar el crecimiento de las empresas del sector también mediante la suscripción de instrumentos financieros participativos, en beneficio exclusivo de las start-ups innovadoras y de las PYME innovadoras; consolidar y fomentar el desarrollo del sistema empresarial del sector creativo mediante actividades de análisis, estudio, promoción y valorización. El texto de la maniobra establece que por "sector creativo“ se entiende ”el sector que incluye las actividades dirigidas al desarrollo, creación, producción, difusión y conservación de bienes y servicios que constituyen expresiones culturales, artísticas u otras expresiones creativas y, en particular, las relacionadas con la arquitectura, los archivos bibliotecas, museos, artesanía artística, audiovisual, incluyendo cine, televisión y contenidos multimedia, software, videojuegos, patrimonio cultural material e inmaterial, diseño, festivales, música, literatura, artes escénicas, edición, radio, artes visuales, comunicación y publicidad". El MiSE, de acuerdo con el MiBACT, establecerá las disposiciones de aplicación del fondo, con un decreto específico.

Fondopara festivales. Apartado 114: Con el fin de apoyar al sector de los festivales, coros y bandas de música y de la música de jazz, se crea un “Fondo de apoyo al sector de los festivales, coros y bandas de música y de la música de jazz” en la previsión del Ministerio de Patrimonio y Actividades Culturales y de Turismo, con una dotación de 3 millones de euros para el año 2021. El MiBACT establecerá las condiciones del fondo mediante un decreto especial.

Fondo para la formación en turismo experiencial en el sur. Apartado 195: En la previsión del Ministerio de Economía y Hacienda para su posterior transferencia al presupuesto autonómico de la Presidencia del Consejo de Ministros, se establece un fondo experimental para la formación en turismo experiencial, con una dotación de 1 millón de euros para cada uno de los años 2021 y 2022, que se destinará a mejorar la cualificación profesional de los operadores del sector y a reforzar su orientación hacia cuestiones de sostenibilidad ambiental. El fondo se distribuye entre las regiones del sur (Abruzos, Basilicata, Calabria, Campania, Molise, Apulia, Cerdeña y Sicilia) y está vinculado a la organización de cursos de formación turística experiencial relacionados con áreas de la cadena de suministro del turismo. Un decreto del Ministro del Sur y de la Cohesión Territorial, de acuerdo con el MiBACT, determina las modalidades de acceso al fondo, los criterios de asignación de los recursos y el importe de la subvención que puede concederse.

Un millón de euros adicionales al año para el derecho al estudio en la alta formación artística, musical y coreográfica. Apartado 542: Para que también las instituciones de altas enseñanzas artísticas, musicales y coreúticas (AFAM) puedan implementar de manera concreta servicios e iniciativas a favor de estudiantes con discapacidad y estudiantes con una discapacidad superior al 66 por ciento, así como estudiantes con certificación de trastorno específico del aprendizaje, a partir del curso 2020/2021, se incrementan los fondos para el funcionamiento administrativo y las actividades docentes de las instituciones AFAM en 1 millón de euros anuales a partir del año 2021, distribuidos entre las distintas instituciones en relación con el número total de estudiantes con discapacidad matriculados en las mismas, previendo asimismo la inclusión de un tutor académico experto en educación musical inclusiva y con formación específica

500 mil euros para el Portal de Historia de la República Italiana. Párrafo 545: además de los 750 mil euros para 2020, se asignan 500 mil euros para 2021 para el Portal de Historia de la República Italiana.

Compras anticipadas para MiBACT. Párrafo 574: Con el fin de permitir a MiBACT ejercer su derecho a adquirir bienes culturales de forma preferente de conformidad con el artículo 60 del Código del Patrimonio Cultural y del Paisaje, se autoriza un gasto de 10 millones de euros para el año 2021, 15 millones de euros para el año 2022 y 5 millones de euros anuales a partir del año 2023.

Fondo de emergencia Covid para los museos estatales. Apartado 575: Se destinan 25 millones de euros para el año 2021 y 20 millones de euros para el año 2022, adicionales a los 165 del año 2020, para compensar a los recintos culturales de titularidad estatal por la pérdida de ingresos por venta de entradas como consecuencia de la adopción de las medidas de contención de la emergencia Covid.

Bono Culturapara jóvenes de 18 años. Apartado 576: la Tarjeta Cultura para jóvenes de 18 años vuelve en 2021 y se financia con 150 millones de euros (frente a los 190 millones de 2020).

Además, sedestinan 11 millones de euros a las filiales de MiBACT. Apartado 577: la autorización de gasto para el funcionamiento de entidades jurídicas creadas o participadas por el MiBACT para reforzar la protección y puesta en valor del patrimonio cultural, establecida por la Ley de Presupuestos de 2018, se incrementa a 11 millones anuales para 2021 y 2022 (desde 1 millón).

1 millón para los pequeños museos. Párrafo 578: el fondo para el funcionamiento de los pequeños museos establecido por la Ley de Presupuestos de 2020 se incrementa en 1 millón de euros para el año 2021, que se destinará a la digitalización del patrimonio, así como al diseño de podcasts y recorridos expositivos funcionales para el disfrute de las obras y a la preparación de programas de enseñanza telemática (e-learning).

Contribución adicional para la Fundación Libros Italianos Accesibles. Párrafo 579: Con el fin de garantizar el acceso y el uso de los productos editoriales a todas las categorías vulnerables, en particular a las personas con discapacidad visual, también a través de eventos de sensibilización, investigación sobre accesibilidad digital, cursos de formación y actividades de consultoría, se asigna una contribución adicional de 100.000 euros para cada uno de los años 2021 y 2022 a la Fundación Libros Italianos Accesibles (LIA). A partir del año 2023, se concede una contribución de 300.000 euros anuales a la Fundación mencionada en la primera frase.

Octavo centenario de la primera representación del belén. Párrafo 581: A efectos de la celebración nacional, en el año 2023, del octavo centenario de la primera representación del belén, y para garantizar la planificación y ejecución de iniciativas de importancia y resonancia internacional en los ámbitos artístico, cultural y social, se asignan 1.300.000 euros para cada uno de los años 2021, 2022 y 2023 a favor del MiBACT, que establece un Comité Nacional responsable de las iniciativas a las que se asignan los recursos.

Creación del Observatorio Nacional del Patrimonio Inmaterial de la UNESCO. Párrafo 582: En vista de la emergencia Covid-19 y de las medidas restrictivas adoptadas, y con el fin de racionalizar las intervenciones y actividades de protección y valorización del patrimonio cultural inmaterial, un decreto del MiBACT, de acuerdo con el Ministro de Políticas Agrícolas, Alimentarias y Forestales y el Ministro de Economía y Finanzas, creará el Observatorio Nacional del Patrimonio Cultural Inmaterial de la UNESCO. A tal efecto, se autoriza un gasto de 500.000 euros anuales a partir del año 2021, lo que constituye un límite máximo de gasto. Los miembros del Observatorio no tienen derecho a ninguna indemnización, remuneración, dietas de asistencia o reembolso de gastos. Los gastos de funcionamiento de dicho Observatorio se cubrirán dentro del límite de la autorización de gastos mencionada en la segunda frase.

Incremento delFondo del Cine. Párrafo 583: el Fondo del Cine y del Sector Audiovisual se incrementa de 400 millones a 640 millones anuales. Asimismo, el crédito fiscal máximo para las empresas de producción cinematográfica y audiovisual se incrementa del 30 al 40% del coste total de producción de las obras. El crédito fiscal máximo para las empresas de distribución cinematográfica y audiovisual también aumenta del 30% al 40%.

El Istituto Luce pasa a ser un balneario. Párrafos 585-587: a partir del 1 de enero de 2021, el Istituto Luce Cinecittà Srl se transforma en la sociedad anónima Istituto Luce Cinecittà Spa. Las acciones de Istituto Luce Cinecittà Spa se ceden al MEF y los derechos de accionista son ejercidos por MiBACT, de acuerdo con el MEF. Istituto Luce Cinecittà Spa está administrado por un consejo de administración compuesto por cinco miembros, dos de los cuales son nombrados por el MEF, uno de ellos como presidente, nombrado de acuerdo con MiBACT, y tres, uno de ellos como director general, nombrado por MiBACT.

Reorganización de las fundaciones lírico-sinfónicas. Apartados 589-591: continúa el plan de reorganización de las fundaciones lírico-sinfónicas con el aplazamiento del plazo para alcanzar el equilibrio económico hasta el 31 de diciembre de 2021.

Nombramientos de colaboración en la Dirección General de Artes Escénicas del MiBACT. Apartado 592. Con el fin de apoyar la labor del comisionado extraordinario para la reorganización en el sector artístico-cultural (Decreto-ley n.º 91, de 8 de agosto de 2013), la Dirección General de Espectáculos de la MiBACT podrá conferir nombramientos de colaboración, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 6 del artículo 7 del Decreto legislativo n.º 165, de 30 de marzo 165, a personas de acreditada cualificación profesional en la gestión administrativa y contable de entidades o en la planificación estratégica de sus actividades, dentro del límite global de gasto de 100.000 euros anuales y por una duración máxima de veinticuatro meses y, en todo caso, con plazo final hasta el 31 de diciembre de 2022, prorrogable por otros doce meses, si se prorrogan las funciones del comisionado extraordinario hasta el 31 de diciembre de 2023.

Base de datos deinstalaciones de alojamiento. Párrafo 597: se crea en MiBACT una base de datos de instalaciones de alojamiento y propiedades destinadas al alquiler a corto plazo. La base de datos recopila y clasifica la información relativa a las instalaciones y propiedades de alojamiento a que se refiere este apartado. Un decreto MiBACT, que se adoptará en un plazo de sesenta días a partir de la fecha de entrada en vigor de la Ley de Presupuestos 2021, establecerá las modalidades de aplicación y gestión de la base de datos y de adquisición de los códigos de identificación regional, así como las modalidades de acceso a la información contenida en la misma.

Exención de la primera cuota del IMU para el turismo. Párrafo 599: En consideración a los efectos vinculados a la emergencia Covid, para el año 2021 no se devenga la primera cuota del IMU para los inmuebles utilizados como establecimientos balnearios, lacustres y fluviales, así como los inmuebles de establecimientos termales; los bienes inmuebles incluidos en la categoría catastral D/2 y sus accesorios, los bienes inmuebles de agroturismos, aldeas turísticas, albergues juveniles, refugios de montaña, colonias costeras y de montaña, alquileres de habitaciones para estancias cortas, casas y apartamentos de vacaciones, bed and breakfasts, residencias y campings, siempre que los contribuyentes correspondientes sean también gestores de las actividades ejercidas en los mismos los bienes inmuebles pertenecientes a la categoría catastral D utilizados por empresas dedicadas a la actividad de montaje de instalaciones de exposición en el marco de ferias o eventos comerciales; los bienes inmuebles destinados a discotecas, salas de baile, clubes nocturnos y similares, siempre que los sujetos pasivos correspondientes, tal como se identifican en el artículo 1, apartado 743, de la Ley nº. 160, sean también operadores de las actividades ejercidas en ellos.

Párrafo 602:100 millones de euros para el fondo de agencias de viajes, también ampliado a las empresas turísticas. Apartado 603: se financia con 100 millones de euros para 2021 el fondo de apoyo a las agencias de viajes y operadores turísticos afectados por Covid y se extiende también, de forma más genérica, a las empresas turísticas.

Promoción del turismo a través de competiciones deportivas. Párrafo 605: Con el fin de valorizar y promover el territorio italiano, se establece en las previsiones del MEF un fondo con una dotación de 500.000 euros para cada uno de los años 2021, 2022 y 2023, que se transferirá posteriormente al presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, destinado al desembolso de contribuciones en favor de las regiones y provincias autónomas de Trento y Bolzano para la organización de competiciones deportivas de atletismo, ciclismo y automovilismo de importancia internacional que se desarrollen en el territorio de al menos dos regiones. El Ministro de Políticas de Juventud y Deporte define por decreto las modalidades de distribución de los recursos del fondo.

Medidas de acceso a la información para las familias con bajos ingresos. Párrafo 612: Con el fin de apoyar el acceso de las familias con bajos ingresos a los servicios de información, con carácter experimental para los años 2021 y 2022, las familias con un valor del indicador de la situación económica equivalente inferior a 20.000 que se beneficien del bono para la adquisición de servicios de conexión a Internet de banda ultra ancha y dispositivos electrónicos relacionados, se reconoce una contribución adicional, por un importe máximo de 100 euros, en forma de descuento sobre el precio de venta de suscripciones a diarios, revistas o publicaciones periódicas, incluso en formato digital, hasta un máximo de 25 millones de euros para cada uno de los años 2021 y 2022. La subvención puede utilizarse para compras realizadas en línea o en comercios dedicados exclusivamente a la venta al por menor de periódicos, revistas y publicaciones periódicas.

Fondo para las ciudades portuarias afectadas por el declive del turismo de cruceros. Apartado 734: en previsión del Ministerio de Infraestructuras y Transportes, se crea un Fondo, con una dotación de 5 millones de euros para el año 2021, que se destinará, en concepto de compensación, a las ciudades portuarias que hayan sufrido pérdidas económicas como consecuencia del descenso del turismo de cruceros provocado por la pandemia del COVID-19. El Ministro de Infraestructuras y Transportes, mediante decreto propio, de acuerdo con el MEF y el MiBACT, que deberá adoptarse en el plazo de sesenta días a partir de la entrada en vigor de la presente ley, determinará los criterios y modalidades de distribución del Fondo en función de la reducción del número de pasajeros.

6 millones de euros más al año para los parques nacionales. Párrafo 736: Los recursos para la gestión y el funcionamiento de los parques nacionales ya establecidos, así como para garantizar el funcionamiento de los nuevos parques nacionales que se establezcan, se incrementan en 6 millones de euros anuales a partir de 2021.

3 millones de euros adicionales al añopara los parques sumergidos. Apartado 737: los recursos para la gestión y el funcionamiento de las zonas marinas protegidas y los parques sumergidos se incrementan en 3 millones de euros anuales a partir de 2021.

Aumento para nombramientos externos en superintendencias. Párrafo 928: se incrementan de 16 a 24 millones de euros los recursos asignados el pasado mes de octubre para nombramientos de convocatoria directa en las superintendencias, y además se extienden de las superintendencias a todas las oficinas MiBACT.

Posibilidad de que los museos utilicen Ales para la supervisión hasta 2025. Apartado 930: MiBACT podrá servirse de la empresa Ales spa hasta el 31 de diciembre de 2025 para actividades de recepción y vigilancia en institutos y lugares de cultura. Para ello, se autoriza un gasto de 5,1 millones de euros para 2021, y de 5,6 millones de euros para cada año de 2022 a 2025.

Fondos para servicios profesionales externos en institutos autonómicos. Apartado 929: Se destinan 1,5 millones de euros para 2021 y 1,5 millones de euros para 2022 para recursos a los institutos autonómicos del MiBACT que deseen disponer, como excepción a los límites financieros previstos en la legislación vigente, de conocimientos o servicios profesionales en la gestión de bienes culturales para reforzar los sistemas museísticos de las ciudades y promover la interacción y colaboración entre los institutos y lugares de cultura estatales, autonómicos y locales.

Prórroga de los contratos de duración determinada en los lugares culturales. Párrafo 932: en consideración de los efectos de la emergencia Covid sobre el patrimonio cultural, se permite la prórroga por un período máximo de seis meses, dentro del límite de gasto de 500.000 euros para el año 2021, de los contratos de duración determinada estipulados por los institutos y lugares de cultura en virtud del artículo 8 del Decreto-Ley n.º 83, de 31 de mayo de 2014, convertido, con modificaciones, por la Ley n.º 106, de 29 de julio de 2014, sin perjuicio del límite de la duración total máxima de treinta y seis meses, incluidos los meses no consecutivos, de los mismos contratos.

En la foto: Palazzo Madama, sede del Senado. Foto Crédito Paul Hermans

Aprobada la Ley de Presupuestos 2021: la maniobra es ley. Estas son todas las medidas para la cultura
Aprobada la Ley de Presupuestos 2021: la maniobra es ley. Estas son todas las medidas para la cultura


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