Firma del Decreto sobre la organización y el funcionamiento del Sistema Nacional de Museos


El Director General de Museos, Antonio Lampis, ha firmado el decreto de organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Museos. He aquí lo que dispone.

Llegan las directrices de organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Museos, creadas por decreto ministerial el 21 de febrero de 2018: el director general de Museos, Antonio Lampis, ha firmado el decreto. Las directrices ocupan cuatro páginas. Comienzan con los pasos organizativos para la creación del Sistema Nacional: verificación multinivel de la lista de museos italianos para actualizaciones, activación de una plataforma informática para garantizar la conexión y acreditación de los museos y lugares de cultura del Sistema Nacional de Museos, conexión y acreditación al Sistema de museos después de la verificación de los estándares de calidad de los institutos, burocracia cero para la Comisión para el Sistema Nacional de Museos, lograda a través de la comunicación digital entre los miembros, el uso de videoconferencias, la votación en línea. El decreto también establece los umbrales para que los museos entren en el Sistema: a cada museo se le asigna una puntuación de 0 a 10, y aquellos que alcancen al menos 6 puntos entrarán en el Sistema (pero con una puntuación inferior, los museos “se consideran en cualquier caso conectados al Sistema Nacional de Museos para el inicio de un proceso de crecimiento y concienciación de los estándares museísticos”).

Además, el decreto prevé la adopción de iniciativas (al menos cada dos meses) útiles para dar visibilidad al Sistema Nacional de Museos (cuya sede se establece en el Museo del Planetario): por ejemplo, encuentros, convenciones, eventos y exposiciones que tengan como tema los museos y el Sistema. También se da importancia a la web: la dirección impulsará el desarrollo de plataformas útiles para la interconexión de las webs y espacios sociales de los institutos del Sistema.

En cuanto al funcionamiento, el decreto establece que la puesta en marcha del sistema sea supervisada por el Director General de Museos y los Directores de los Polos Museísticos en colaboración con el personal del Director General; que la explotación del sistema se encomiende en cambio al Servicio II de la Dirección General de Museos; que la puesta en marcha del sistema incluye la creación de una intranet para museos y lugares de cultura, iniciativas para promover el conocimiento de las bases de datos para la gestión de museos y del sistema Art Bonus, la creación, también en línea, de un vademécum operativo para la gestión de museos estatales con referencia a aspectos administrativos y jurídicos, la puesta en marcha de un programa de formación permanente para operadores de museos (también en modalidad de e-learning e-learning), la creación de una red de profesionales especializados para necesidades específicas o temporales de determinados museos, la creación de una “base de datos de buenas prácticas museísticas italianas”, la organización de la reunión anual de directores de museos italianos y la digitalización del Sistema Nacional de Museos.

Firma del Decreto sobre la organización y el funcionamiento del Sistema Nacional de Museos
Firma del Decreto sobre la organización y el funcionamiento del Sistema Nacional de Museos


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