MiBACT ofrece ayudas a los guías turísticos. Aquí están todas las normas


El Ministerio de Cultura ha publicado el decreto por el que se convocan ayudas para los guías turísticos afectados por los efectos de la crisis de Covid. Recibirán un máximo de 5.000 euros cada uno.

El Ministerio de Patrimonio y Actividades Culturales y Turismo ha publicado hoy el decreto ministerial de 2 de octubre sobre "Disposiciones de aplicación para la asignación de los recursos del fondo a que se refiere el apartado 1 del artículo 182 del Decreto-Ley n. 34 de 19 de mayo de 2020, convertido, con modificaciones, por la Ley 77 de 17 de julio de 2020, destinado a los guías y animadores turísticos": en la práctica, se trata del decreto con el que el MiBACT pone a disposición de los guías y animadores turísticos afectados por los efectos de la pandemia Covid-19 en el turismo las ayudas.

Las ayudas, establecidas por el decreto de relanzamiento, ascienden a 20 millones de euros, y están a disposición de los titulares de un número de IVA cuya actividad principal se identifique con el código ATECO 79.90.20 (“Actividades de guías de turismo y animadores turísticos”). Para poder beneficiarse de las contribuciones, es necesario ser residente en Italia, ser titular de un número de IVA con el código ATECO mencionado como actividad prevalente en una fecha anterior al 23 de febrero de 2020, ser titular de una licencia para ejercer la profesión de guía turístico o animador turístico, y estar al corriente de las obligaciones en materia de seguridad social, fiscalidad y seguros.

De su cumplimiento se encarga la Dirección General de Turismo. Los recursos se distribuyen a partes iguales entre los beneficiarios: cada guía recibirá un máximo de cinco mil euros, y la aportación no contribuirá a los ingresos.

En los próximos días, la Dirección General de Turismo publicará laconvocatoria con los procedimientos y plazos para presentar las solicitudes de aportación. Los interesados, a partir de la fecha de publicación del anuncio, dispondrán de quince días para presentar sus solicitudes, de forma estrictamente telemática y de acuerdo con las instrucciones contenidas en el propio anuncio. Los solicitantes se autocertificarán de que reúnen los requisitos exigidos en el anuncio. Los beneficiarios, aunque sean guías y acompañantes al mismo tiempo, sólo podrán presentar una solicitud, especificando la actividad para la que se solicita la aportación.

MiBACT ofrece ayudas a los guías turísticos. Aquí están todas las normas
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